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  • partición en la sucesión

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 #1249406  por enfere1966
 
Buenos días, tengo una duda que me la origino UNA GESTORIA JUDICIAL. La custion es la siguiente: necesito inscribir en el Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires un inmueble[/b]. Dicho bien era ganancial, quiere decir que un 50 por ciento queda para la cónyuge supersite y el otro 5o para la única hija. Se realiza la partición y se aduce que con el objeto de dar termino a la indivision forzosa, la madre cede su parte a su hija y que oportunamente ha sido compensada satisfactoriamente. Ahora bien, la pregunta es la siguiente: Al momento de la inscripción, varia el costo de si ésta ha sido compensada económicamente, o hubiera sido conveniente redactar que se la madre le cedia su parte, y que se ésta se reservada la tenencia de la propiedad con el consentimiento de su hija. La observación que hago se debió a qué la gestoría me pregunta si dicha particion era oneroso o gratuita y que eso variaba el costo del tramite de la inscripcón. Muchas Gracias si alguno me puede orientar¡¡¡¡¡¡¡¡¡
 #1249432  por legalescom
 
Ante todo, no hay que hablar de "ceder", por cuanto toda cesión deberá hacerse por instrumento público. Sino, hay que hablar de "partir", por ej. que la hija se adjudica el 100% de la propiedad, incluyendo la parte ganancial de la madre ( se admite disponer, en la partición, aún de la parte ganancial, pese a que ésta no entra en la sucesión) y la madre, por ej., se reserva el derecho real de habitación, en los términos del Art. 2383.-del Cód. Civ. y Com. Se hace por instrumento privado, se pide primera audiencia, a efectos de ratificarlo por ante el actuario y se inscribe con la declaratoria de herederos. Reitero, no hay cesión, sino partición.
 #1249464  por enfere1966
 
Una inquietud, ese acuerdo privado, se puede hacer en el mismo escrito, o hay que presentar un contrato aparte privado, firmado por ellos?, esa es mi duda. gracias
 #1249467  por DRalonso
 
IGUAL TE FALTA RESOLVER: "si dicha particion era oneroso o gratuita y que eso variaba el costo del tramite de la inscripcón", ¿NO?

¿LOCALIDAD?
 #1249481  por DRalonso
 
NO HAY DE QUE!

"ese acuerdo privado, se puede hacer en el mismo escrito, firmado por ellos" Y CON PATROCINIO; PERO MEJOR ANTES DE PRESENTAR NADA CONSULTALE ALOFICIAL QUE DESPACHA TU EXP.

¡SUERTE!

Y DESPUES CONTANOS COM TE FUE....
 #1249553  por legalescom
 
dR.ALONSO: al decir:
"IGUAL TE FALTA RESOLVER: "si dicha particion era oneroso o gratuita y que eso variaba el costo del tramite de la inscripcón", ¿NO?"

Complicás las cosas, "las particiones son particiones y no contratos", por lo tanto, no son ni gratuitas, ni onerosas. ¿Capisce?
 #1249555  por DRalonso
 
Capisce, PERO ¿QUE CAZZO HACE CON LA GESTORIA?

Y AL FINAL, DON LEGALES, ¿PUDO LEER LO QUE LE ENVIE SOBRE HOMOLOGACION Y CONVENIOS DESOCUPACION?
 #1249559  por legalescom
 
No los pude ver, por cuanto, primero, tengo que bajar otras preguntas anteriores y no se como hacerlo.
 #1249589  por sutriz2
 
Buen día
Estoy tratando de armar una partición privada entre cónyuge supérstite y los 4 hijos del matrimonio. Hay 4 inmuebles , 3 de carácter ganancial en el 50% y 1 ganancial sólo en un 25%
Todos están de acuerdo en que cada hijo se quede con un inmueble . Lo que no tengo claro es la forma de disponer de la porción ganancial correspondiente a la cónyuge. Ella sólo quiere proteger su derecho de habitación.
Espero su opinión que será de mucha ayuda.
Desde ya, muchas gracias
 #1249602  por Tuiti
 
Perdón que desvíe el hilo :

Los "mano a mano" de legalescom y DRalonso, me matan .

Chapeau :!: