Decís: "... La Sra. me pidió presupuesto para contratarme y de entrada empezar desalojando a la locataria del local! El contrato que firmo a principios de abril, no reúne los requisitos de forma , no están certificadas las firmas, no se abonó sellado, por lo que habría que remontar algo que hizo otro, por lo que estoy evaluando si es conveniente seguir adelante o no con éste caso...…….
Ahora, dudo de tu condición de abogado, al decir que, el contrato de locación no reúne los requisitos de forma, cuando dicho contrato, puede hacerse por instrumento privado, sin necesidad de certificar las firmas, y el sellado no es un requisito formal.
La única forma, que establece el art. 1188 del C. C. y C., es que "... debe ser hecho por escrito...."
Ahora, dudo de tu condición de abogado, al decir que, el contrato de locación no reúne los requisitos de forma, cuando dicho contrato, puede hacerse por instrumento privado, sin necesidad de certificar las firmas, y el sellado no es un requisito formal.
La única forma, que establece el art. 1188 del C. C. y C., es que "... debe ser hecho por escrito...."
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