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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1263690  por leopardo
 
ZAMAKUKO escribió: Mar, 03 Nov 2020, 23:52
leopardo escribió: Mar, 03 Nov 2020, 21:53
ZAMAKUKO escribió: Mar, 03 Nov 2020, 18:08
Fuera del tema debatido, presta atención a esto, parece ser un empleador demasiado "fantasmal" fíjate si cambio la razón social, si esta concursada, si la actividad la tiene actualmente bajo otra sociedad y si podes agrega como solidarios a los socios gerentes, parece que fuera el típico caso difícil de cobrar, por mas que el proceso de conocimiento se pueda llevar adelante.
SI QUE TAL EL TEMA ES QUE LA EMPRESA ESTABA EN PCIA CON LA SEDE SOCIAL EN CAPITAL , LUEGO VENDEN Y SE VAN DE DONDE ESTABAN DEHANDO EL RTENDAL, LESTO DEBIDO A QUE EL DUEÑO GERENTE MUERE Y PASA A MANOS DE LOS PARIENTES Y VUELVE A CAMBIAR LOS SOCIOS CREO QUE ANDA TAMBIEN LOS DEL GREMIO, LUEGO SE PRESENTO EN CAPITAL EN CONCURSO Y SE FUERON NO TERMINARON DE PONER LOS PAPELES QUE LE PEDIA EL JUEZ HICIERON COMO UN FALSO CONCURSO PARA PERDER TIEMPO, DESPUES CAMBIO LA SEDE DPCIAL A PCIA QUE OPINAN ??? O TERMINARE CON UN CUADRITO QUE SE HIZO EL JUICIO Y AHI QUEDO ??? COMO LO VEN ???
CAMBIO LA SEDE PERO NO SE SABE SI HAY GENTE TRABAJANDO BAJO ESE NOMBRE, NADIE DE LOS QUE TRABAJO CONOCE A NADIE QUEDO COMO LA SEDE Y NADA MAS QUE DEBE SER UNA OFICINA SEGURAMENTE TOMANDO PERSONAL BAJO OTRO NOMBRE ....
Al parecer pasó todo lo que te había sugerido, primero habría que ver si se da algún caso de fraude laboral, como para poder solidarizar a los socios gerentes, si hay uno solo y es el difunto deberías ir contra la sucesión, porque todavía no se sabe cual de los sucesores, en caso de haber, ocupara las veces de empleador, también corroborar fuera de los cambios de sede social, si la SRL sigue existiendo, ya que esta era su empleadora y contra la cual iría la demanda, si solo hubo un cambio de razón social podes denunciarlo e incluso ir a seclo nuevamente, tenes que hacer todas estas tareas en casos así, no es imposible pero por lo que se ve lo mas complicado del caso es esto, no la posible prescripción que finalmente nunca había existido.
Buenas tardes muchas Gracias.... consulto no envio la carta documento que se envia a la AFIP , deberia enviarla antes de iniciar el juicio o no hay problema con eso???
consulto en la demanda puede agregar a otros demandados ?? porque es una empresa de seguridad y estuvo en varios lugares, y si hay sucesion abierta , primero se debe hacer la demanda laboral y despues ir a la sucesion primero habria que sacar sentencia en el laboral y despues ir a la sucesion ??
ahi varios compañeros dijeron que en el laboral ni se presentan.-
esto seria un despido indirecto ??
desde ya muchas Gracias.-
 #1263796  por ZAMAKUKO
 
leopardo escribió: Lun, 09 Nov 2020, 21:22 Buenas tardes muchas Gracias.... consulto no envio la carta documento que se envia a la AFIP , deberia enviarla antes de iniciar el juicio o no hay problema con eso???
Si hay problema, podrías enviarla ahora pero difícil que te la acepten en el juicio, siempre se debe enviar dentro de las 24Hs. desde que se realizó la primera intimación. Pero envíala igual, tal vez si el abogado de la otra parte no se de cuenta, podría llegar a proceder, pero es muy difícil.
leopardo escribió: Lun, 09 Nov 2020, 21:22 consulto en la demanda puede agregar a otros demandados ?? porque es una empresa de seguridad y estuvo en varios lugares
Con respecto a los servicios (establecimientos de los clientes donde prestó tareas) es complicado que proceda una solidaridad sobre los mismos, en el caso de seguridad, son pocos los fallos en los que condenan solidariamente a los clientes aplicando el art. 30
leopardo escribió: Lun, 09 Nov 2020, 21:22 si hay sucesion abierta , primero se debe hacer la demanda laboral y despues ir a la sucesion primero habria que sacar sentencia en el laboral y despues ir a la sucesion ??
Yo me presentaría en ambas, en el caso del laboral la sucesión iría como solidaria, no como principal.
leopardo escribió: Lun, 09 Nov 2020, 21:22 ahi varios compañeros dijeron que en el laboral ni se presentan.-
esto seria un despido indirecto ??
No, son dos cosas diferentes, se ve que es un caso que si no procede la solidaridad, en cuanto a los socios va a estar difícil de cobrar, porque si la sociedad "ni se presentan" como decís, seguramente quedan en rebeldía en el proceso y si dejan que ocurra eso es porque se aseguraron que la misma este insolvente. Por otro lado un despido indirecto se da luego de que el trabajador intimó correctamente al empleador y este ultimo rechaza la pretensión o simplemente se mantiene en silencio, por lo que le da derecho al trabajador a considerarse despedido "despido indirecto" en un tcl posterior. Te recomiendo que compartas el caso con algún laborista de tu zona, no es un caso simple de encarar si no conoces el fuero en detalle.