Me consultan lo siguiente : una persona inicio su jubilación por la ley 24476 .... se la otorgaron ( resolución favorable así aparece en MI ANSES) aparentemente se la suspenden o esta retenida y la citan y le dicen que el sicam registra deuda .
El sicam que presentó es del año 2013 habia comprado periodos por la 24476 unos 14 años y el resto lo prescribió art 1 25321 hasta el 2003 de ahí en más nunca siguió aportando. por el otro lado tiene aportes en relación de dependencia pero que no llega a los 27 años y medio que necesita computando el exceso de edad.
Ahora bien la citan del anses y le dicen que debe pagar la deuda ( que prescribió) y le dicen que recalcule el sicam por un lado o sea sicam nuevo.- Pero en afip fue y le dijeron que pague la deuda ( del sicam del año 2013) y que lo presente con los comprobantes . la verdad me confunde si puede pagar la deuda de un sicam realizado en el año 2013 y que se lo contemple . Para mi debería hacerlo nuevamente liquidar el sicam y pagar y volverlo a presentar .- la verdad no se como resolverlo este tema .-
El sicam que presentó es del año 2013 habia comprado periodos por la 24476 unos 14 años y el resto lo prescribió art 1 25321 hasta el 2003 de ahí en más nunca siguió aportando. por el otro lado tiene aportes en relación de dependencia pero que no llega a los 27 años y medio que necesita computando el exceso de edad.
Ahora bien la citan del anses y le dicen que debe pagar la deuda ( que prescribió) y le dicen que recalcule el sicam por un lado o sea sicam nuevo.- Pero en afip fue y le dijeron que pague la deuda ( del sicam del año 2013) y que lo presente con los comprobantes . la verdad me confunde si puede pagar la deuda de un sicam realizado en el año 2013 y que se lo contemple . Para mi debería hacerlo nuevamente liquidar el sicam y pagar y volverlo a presentar .- la verdad no se como resolverlo este tema .-