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 #172486  por adrianne
 
Estimados foristas

Querria consultarles lo siguiente. Tengo una sucesion dde yo represento a uno de los herederos y hay otra q representa a los otros dos herederos. La abogada creo q para tener mas honorarios pidio la inscripcion pero como le falñtaban los certificados de inhibicion, dominio, presentacion del titulo y abl original la intimaron a acompañarlos. Bien, yo solicite q se me regulen honorarios por las tareas q habian beneficiado a los otros herederos antes de la inscripcion y me sacaron este despacho. La verdad es q pense q debian regularme las dos etapas q yo habia llevado adelante. No pedi la inscripcion porque ya lo hizo la otra letrada pero ademas q mi clienta quiere vender. Cdo pedi honorarios, clasifique tareas, acompañe tasacion y me opuse a la inscripcion hta q me cancelen los otros herederos mis honorarios.Agradezco opiniones.Adri :D

Buenos Aires, mayo de 2008.-ML-
Proveyendo a fs. 89:
Agréguese la tasación acompañada.-
Las regulaciones de honorarios en el
proceso sucesorio no deben ser parciales, es decir, que
se computen determinadas tareas o se refieran a algunos
bienes cuando en la hipóteses de autos, el profesional
no ha cesado en el patrocinio o no ha concluído el
proceso sucesorio (Confr.Gonzalez Zurro, G.D,
"Honorarios del Abogados", pág.132 y jurisp.allí
citada). En consecuencia, téngase presente para su
oportunidad el pedido de regulación de honorarios
formulado.-
Téngase presente la oposición formulada y
hágase saber. Colóquese nota en la carátula.-
Proveyendo a fs. 90:
Previa certificación de las fotocopias
obrantes a fs. 8/11 y fs. 78, practíquese el desglose
de la documentación original de fs. 1/6 y fs. 76,
entregándolas a la interesada o persona autorizada,
bajo constancia en autos.-

 #172528  por sergiocian
 
Te van a regular cuando ordenen la inscripciòn del bien. Pero no se va a inscribir hasta que se paguen los honorarios.

 #172708  por Grays
 
Hola! Es como dice sergiosian, cuando soliciten la inscripcion y acompañan toda la doc necesaria te van a regular honorarios, y van a tener q acreditar los aportes para poder inscribir, asi q no t preocupes, saludos

 #172849  por maralej
 
yo no estoy del todo de acuerdo....la ley de honorarios permite la regulación parcial de honorarios por etapas cumplidas....presentación y declatoria en este caso.......se puede pedir una regulación parcial de honorarios por las etapas cumplidas siempre que se acompañe una base regulatoria. Sino estaríamos ante un caso que me sucedió a mi.....que pasa si nunca inscriben el bien? no cobramos? hay que pedir regulación parcial en esos casos. Salu2
 #172960  por adrianne
 
Gracias a todos por la ayuda. El tema es q los hermanos estan enfrentados y hay 2 q tienen otra abogada q es la q pidio la inscripcion. Y se q si logran q se lo inscriban me va a costar poder cobrar Despues les comento como siguio todo. Sds Adri