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 #173653  por Laura_floresta
 
Cuando finaliza el contrato de alquiler del inmueble cuyo destino es de vivienda, comunmente inmobiliarias extienden el contrato por 1 año, cobrando nuevamente comision. Mi consulta es la siguiente no deberia hacerse un nuevo contrato por 2 años?

 #173696  por pablin
 
Con las inmobiliarias que trabajo no es común que extiendan el contrato por un año. Igualmente, de ser así, la validez es por 2 ya que este es el mínimo establecido legalmente.

Salu2, Pablín.

 #173920  por Charlie
 
El plazo mínimo establecido por la ley solo rige para el primer contrato, pero no para sus renovaciones.

En este hilo he citado doctrina y jurisprudencia sobre el tema

viewtopic.php?t=24923&start=0&postdays= ... highlight=

Saludos.

 #174040  por Mariaac
 
Se pueden hacer renovaciones por un año.

suerte

 #174063  por Charlie
 
Mariaac escribió:Se pueden hacer renovaciones por un año.
Y por menos también, según doctrina y jurisprudencia citadas en el hilo indicado más arriba.

Saludos.
 #174219  por Laura_floresta
 
Muchas gracias!
Saludos

 #174360  por mirta53
 
Mi pregunta es la siguiente van a firmar una prórroga de contrato de alquiler comercial por un año, el inquilino quiere pagarla toda con cheques corresponde legalmente que la pague en el acto de firmar el contrato y que se le déen los recibos, o tiene que hacerlo mes por mes como dice la ley, en caso de aceptar el pago total como instrumento ese pago? para que en un futuro no tenga problemas la locadora, muchas gracias si puede ser necesito una respuesta rápida.

 #175149  por miltriti
 
Porque no se va a poder pagar todo el período de la renovación por anticipado? claro que se puede.
respecto a la instrumentación, se hace como cualquier recibo de pago o bien en la misma prorroga se anexa una clausula que diga que " en este acto el locatario abona , con cheque serie n°....... de la cuenta N°........... con fecha de libramiento ....... y de pago......... la suma de pesos xxx en concepto de las merdcedes locativas que van del mes de .......al mes de......., tiempo en que se ha prorrogado la presente locación, sirviendo el presente del más eficaz recibo de pago.-
Deberias tener cuidado con el tema de la fianza que se ofrecio en el primer contrato, ya que la prorroga necesita del consentimiento expreso del fiador, para que los efectos de ésta puedan serle oponibles en un futuro incumplimientodel locatario, al fiador. ver art. 1582 bis, del C.Civil.
Tambien deberías suscribir un conveniio de desocupación con la misma fecha en que se termina la prorroga y para mayor seguridad, homologarlo, de esa manera, en 1 año si el locatario no quiere irse, el desalojo sale, por via de ejecucion de sentencia, en este caso del acuerdo homololgado y no por la accion ordinaria del desalojo.
es mi opinion.- espero te sea útil.-