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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #16647  por CONNI
 
tengo una sra con 2 años en RD /19974/76 y 3 en srv domestico, como renuncio años del serv. domestico? o los dejo de lado y hago sicam como si no existieran? y a los de rd les aplico el art 1 ley 25231...?

 #16910  por nani
 
la 25321 es solo para renunciar a deuda de autónomos
los de rd y sdm no se renuncian, si lo que queres es mandarla por web para que salga más rápido, simplemente tenes que armar la deuda sin tener encuenta la rd y sdm (como si no existieran) pero si es importante que prestes atención al ultimo aporte de sdm porque ese aaño es el que determina la cantidad de años deddjj que te corresponde

 #16916  por amg
 
Yo tengo un caso similar y mi duda es la siguiente: Esta persona continúa trabajando, le empezaron a aportar en el 2004 por servicio doméstico. Si yo hago una situación de revista desde 05/1963 hasta 04/1993, va a tener algún problema con los aportes que le estan haciendo?

 #17068  por nani
 
no, pero no podes aplicarle beneficios por ddjj

 #17072  por Agnese
 
nani escribió:no, pero no podes aplicarle beneficios por ddjj
Hola, si le estan haciendo aportes hasta la actualidad le podrias aplicar un año de beneficios, eso si, periodo anterior 9/93

 #17075  por nani
 
los años de ddjj son según la fecha de cese, si está en actividad no le corresponde ningun año de ddjj, al menos a mí me rechazaron un expte por estar en actividad y tener 1 año de ddjj

 #17086  por Agnese
 
nani escribió:los años de ddjj son según la fecha de cese, si está en actividad no le corresponde ningun año de ddjj, al menos a mí me rechazaron un expte por estar en actividad y tener 1 año de ddjj
Nani: Con respecto a tu respuesta te pregunto y si lleva la sit. de revista hasta la actualidad y le aplica cese ficto desde el 9/93 en adelante, no podría tomar un año??
Yo hice una así y tbn me salio bien , que te parece???

 #17097  por amg
 
ME GUSTA LO QUE DICE AGNESE, VOS NANI, NO LE HABÍAS PUESTO EL CESE FICTO?

 #17103  por nani
 
pero el cese ficto es otra cosa, al menos tengo entendido que dejó de aportar en autónomos y nunca más volvió a pagar
entonces vos aplicaste la 25321 y por cese de rd te correspondía 1 año, y te lo tomaron????????? la verdad esa no la sabía, bah, tampoco me toco un caso así, los cese ficto que hice eran de autónomos puros

 #17122  por amg
 
Recapitulando: Si la mujer de 73 años nunca estuvo inscripta en autónomos y le genero una moratoria que va desde 01/1955 a 06/79 (considerando el excedente de edad ) y aplico art. 1 ley 25321 al período 07/79 a 07/79 Podría tomar 7 años de declaración jurada?

A mi ver esto ni tendría implicancia en los aportes en relación de dependencia que le hacen actualmente y que le vienen haciendo desde el año 2000

ME GUSTARIA SABER QUE OPINAN PORQUE LO MIO SON TEORIAS QUE AUN NO PUSE EN PRACTICA

 #17138  por Agnese
 
Recapitulando: Si la mujer de 73 años nunca estuvo inscripta en autónomos y le genero una moratoria que va desde 01/1955 a 06/79 (considerando el excedente de edad ) y aplico art. 1 ley 25321 al período 07/79 a 07/79 Podría tomar 7 años de declaración jurada?

A mi ver esto ni tendría implicancia en los aportes en relación de dependencia que le hacen actualmente y que le vienen haciendo desde el año 2000

ME GUSTARIA SABER QUE OPINAN PORQUE LO MIO SON TEORIAS QUE AUN NO PUSE EN PRACTICA
Para recapitulando amg: No, creo que estas interpretando mal, si tiene aportes en rel de dependencia hasta el 2007 de acuerdo a la Resol.52/06 solo podes tomar 1 año de beneficios.
pero el cese ficto es otra cosa, al menos tengo entendido que dejó de aportar en autónomos y nunca más volvió a pagar
entonces vos aplicaste la 25321 y por cese de rd te correspondía 1 año, y te lo tomaron????????? la verdad esa no la sabía, bah, tampoco me toco un caso así, los cese ficto que hice eran de autónomos puros
Nani: te comento como fue a ver que te parece:
Tenia aportes de autonomos, salteados no todos pagos hasta mas o menos 8/2006 y tenia 2 o 3 meses al ultimo de aportes servicio domestico (todos sabemos que se consideran en rel de dependencia.
Yo hice sit revista hasta 11/2006 y aplique art.1 ley 25321 desde 9/93 en adelante y tome 1 año art.3.
Vos hiciste lo mismo y te salio rechazada????
Estaríamos dependiendo entonces del criterio de quien la controla...

 #17145  por amg
 
Gracias, ahora entendí, aunque haya dejado de pagar autómos antes, a los fines de la dj se toma el ultimo aporte en ralación de dependencia.

 #17157  por nani
 
amg, asi es como funciona
agnese, el caso que me rechazaron no tenia autonomos y estaba en actividad entones le puse 1 año por el 38 y el iniciador me dijo que como estaba en actividad no correspondía ddjj
pero ahora estoy en duda ya que acabo de revisar en la página y me acordaron uno en las mismas condiciones, me parece que me vieron la cara