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 #382900  por huepaz
 
Desearia conocer mar a cerca del usufructo vitalicio, practica juridica usada por personas para administrar los bienes de otra que es poseedor del bien,quisiera saber de que manera legal o que sentencia profiere la corte sobre la cesacion del usufructo diferente a lo dicho en el art 730 del codigo civil. Como puede ser cesado este derecho y dejar en cabeza del tilular y poseedor del bien su entera administracion ¿que argumentacion juridica existe para restablecer el bien a su titular.Argumento. madre que se hace de usufructo de un bien inmueble que esta en titularidad de uno de sus hijos quien reclama que necesita el inmueble para vivir debido a que no tiene en donde pues sus ingresos no le alcanzan la madre por su parte posee mas bienes y economicamente esta bien. cabe aqui alguna forma juridica para que el bien sea dado en su totalidad a su hijo quien es el dueño pero al tener el usufructo y encontrarse arrendado el inmueble no ha podido gozar de el.
 #532323  por daniel2010
 
disculpa mira tengo una duda con un trabajo . la señora ana valdes de tapia quien se domicilia en un pasaje de la localidad de san antonio de los cobres da a luz un ñiño sin participacion de un profesional tratante por ende no tiene el certificado de nacido vivo a causa de que su bebe se enfermay se ve obligada a tramitar la inscripcion de nacimientos ya que no se le aceptaba en el hospital .Debe aclararse que ya habian transcurrido mas de 40 dias desde que ocurrio el nacimiento por ende el tramite no podia ser directo sino efectuado de un modo esepcional o anormal
¿que debia hacer la señora valdes de tapia ante el registro civil?
¿que cree usted que debia aportar como prueba?
¿considera que se debia justificar las razones de la no inscripcion?
¿en caso de que no se le aceptara la inscripcion por no justificar el caracter de ciudadano argentino que alternativa le quedaria transcurrido un año?
 #575866  por ALE07
 
Administrador escribió:El Portal de Abogados recuerda que se encuentra TOTALMENTE PROHIBIDO, publicitar servicios profesionales utilizando este Foro, sin autorización expresa y/o contratación previa de publicidad.-
Cualquier anuncio en este sentido, será borrado en forma inmediata, sin perjuicio de accionar legalmente, si correspondiere.-
HOLA BUENAS TARDES, ME COMUNICO DESDE ESTE POST, PORQUE NO ENCUENTRO EL TEMA DE MI PROBLEMA EN EL FORO.
QUIZAS PUEDAS ORIENTARME COMO Y DONDE DEBO CONSULTAR.
HE COMPRADO VIA INTERNET UN PLACARD EN LA PROVINCIA DE CHACO (YO ESTOY EN BS. AS.) ABONE TODO CON ENVIO INCLUIDO.EL MISMO DIA. 23 DE MAYO DEL CORRIENTE AÑO.
EL PLACARD LLEGO 23 DIAS DESPUES Y NO ERA EL MODELO QUE QUERIA Y QUE CONSULTE PREVIAMENTE SI TENIA EN STOCK.
ME COMUNIQUE CON EL VENDEDOR. Y ME DIJO QUE PASARIAN POR MI DOMICILIO EL TRANSPORTE YA QUE HABIA SIDO UNA EQUIVOCACION DE ELLOS. QUE A MI PLACARD SE LO HABIAN DADO A OTRO CLIENTE.
YA HACE 2 SEMANAS QUE NO RECIBO RESPUESTA, NI POR TELEFONO, NI POR MAIL. NISIQUIERA POR MENSAJE DE TEXTO. MI IDEA ES ENVIARLE UNA CARTA DOCUMENTO, INTIMANDOLE AL CUMPLIMIENTO DE LA ENTREGA DEL PRODUCTO QUE COMPRE. DESDE YA AGRADEZCO EL MISMO ASESORAMIENTO- SALUDOS ALEJANDRA
 #742264  por florenciacaballero
 
Estimada Teresa
Nosotros organizamos cursos de capacitación jurídica y queríamos saber cómo hay que hacer para publicitar los cursos en su página con autorización o previa contratación de publicidad. Tiene algún costo? Cómo es el procedimiento?
Muchas gracias.
Florencia
 #928502  por guillepapi
 
Esto nacio como un espacio de debate de abogados. No era un espacio para captar clientes y para que gente que no es abogada pretenda obtener consultas gratis. Esto deberia ser moderado por la pagina ante de publicarlo. Y los abogados deberiamos rechazar todo tipo de consultas. Un poco de etica no viene mal. Si nos cuidamos entre nosotros todo bien, pero sino.........