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  • RECOMPENSA - CANON LOCATIVO

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1293853  por eluhngaro
 
Buen día, consulta:
Estoy por hacer un reclamo de recompensa por construcción con patrimonio ganancial en un bien propio, la duda es que en ese bien propio vivieron 20 años si pagar locación, puede haber compensación.
Se que en Civil el canon locativo es exigible desde la puesta en mora, o sea no procede la compensación, pero en familia no lo sé.
Los leo y gracias anticipadas.
 #1296483  por estudiomedina
 
Buen día, para tu caso correspondería recompensa. Compensación económica tiene como objetivo resarcir a la parte que sufre un desequilibrio económico por el divorcio por ejemplo: se separan y uno de la pareja era el sostén economico de la familia. Saludos.
 #1296578  por eluhngaro
 
[quote=estudiomedina post_id=1296483 time=1636041444 user_id=109972]
Buen día, para tu caso correspondería recompensa. Compensación económica tiene como objetivo resarcir a la parte que sufre un desequilibrio económico por el divorcio por ejemplo: se separan y uno de la pareja era el sostén economico de la familia. Saludos.
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Gracias estudiomedina, en realidad la pregunta es si pueden reclamarle los canon locativos de los 20 años que convivieron, y eso compensar con el reclamo por recompensa? ¿ se entiende?
 #1304425  por ccolalongo
 
El conyuge que pueda probar las mejoras (por ejemplo una construccion) el otro le va a reclamar el alquiler ya que si bien mejoró lo disfrutó gratis, el dueño del suelo es el dueño de lo construido esto siempre y cuando pueda probar que era dinero 100% propio. Es un tema de derechos reales no de familia, un incidente de recompensa.
eluhngaro escribió: Lun, 01 Nov 2021, 12:24 Buen día, consulta:
Estoy por hacer un reclamo de recompensa por construcción con patrimonio ganancial en un bien propio, la duda es que en ese bien propio vivieron 20 años si pagar locación, puede haber compensación.
Se que en Civil el canon locativo es exigible desde la puesta en mora, o sea no procede la compensación, pero en familia no lo sé.
Los leo y gracias anticipadas.
 #1304492  por eluhngaro
 
ccolalongo escribió: Lun, 15 Nov 2021, 12:33 El conyuge que pueda probar las mejoras (por ejemplo una construccion) el otro le va a reclamar el alquiler ya que si bien mejoró lo disfrutó gratis, el dueño del suelo es el dueño de lo construido esto siempre y cuando pueda probar que era dinero 100% propio. Es un tema de derechos reales no de familia, un incidente de recompensa.
eluhngaro escribió: Lun, 01 Nov 2021, 12:24 Buen día, consulta:
Estoy por hacer un reclamo de recompensa por construcción con patrimonio ganancial en un bien propio, la duda es que en ese bien propio vivieron 20 años si pagar locación, puede haber compensación.
Se que en Civil el canon locativo es exigible desde la puesta en mora, o sea no procede la compensación, pero en familia no lo sé.
Los leo y gracias anticipadas.
Gracias ccolalongo !!!
El tema es que la locación se puede reclamar desde que se lo puso en mora, porque si avisaba que quería una contraprestación, "el locatario" podría elegir vivir en otro lugar? y esta es mi duda. Gracias nuevamente !
 #1313481  por eluhngaro
 
Lo planteo al revés:
En un divorcio, ¿puede pedir compensación económica el propietario de un bien propio, afectado al asiento del hogar conyugal, por el usufructo de vivir en ése bien con el cónyuge?
 #1314870  por ccolalongo
 
¿Tenes bien probado qué es un bien propio? (escritura, mejoras con fondos propios blancos y demás?
eluhngaro escribió: Lun, 29 Nov 2021, 10:02 Lo planteo al revés:
En un divorcio, ¿puede pedir compensación económica el propietario de un bien propio, afectado al asiento del hogar conyugal, por el usufructo de vivir en ése bien con el cónyuge?