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  • AYUDA POR FAVOR!! Agotamiento de la Vía Administrativa!

  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #1179041  por Ferlouteiro
 
Estimados Colegas, necesito que me den una mano con un caso que tengo y la verdad que estoy bastante desesperado!!!
Inicie juicio contra Super de Seguros de Nación por despido (Cesantia arbitraria) a un gerente de una oficina descentralizada de la misma en Catamarca. Se genero una relación laboral sin contrato de prestación de servicios pero si con una periodicidad en los haberes y demas. El tema que mediante una resolución, cierran dicha oficina, produciéndose se un despido indirecto en el ámbito estatal.
Pero acá viene el problema y ES DONDE NECESITO LA AYUDA. Cuando inicio juicio me dicen que debo agotar vía administrativa (vale decir que inicie reclamo 6 meses después de la Cesantia).
Ya pedí expte administrativo donde dice que se dio de baja la oficina, y ya pasaron los 90 dias por ley que te da la misma para hacer el reclamo administrativo.
Alguien me puede ayudar??? como sigo?? porque ya me denegaron el proceso porque no agote la vía administrativa en dos oportunidades. Pero yo opte por la judicial una vez que se acabo el plazo de los 90 dias.
Voy a agreadecer mucho su ayuda!!
Muchas GRACIAS!!!
 #1179049  por Ferlouteiro
 
Lo inicie en Contencioso Administrativo, directamente. Pero la fiscal en dos oportunidades me dijo que presente el agotamiento de la via administrativa. Cosa que no hice pero no estaba dentro de los plazos legales para hacerlo, eso pienso yo.
 #1179107  por administrativista
 
Tenés que hacer un escrito reclamando en sede administrativa los rubros que pretendés hacer valer en el fuero CA. En el derecho administrativo rige la libertad de las formas así que no vas a tener problema.
Un saludo.
 #1188439  por riogalleguense
 
despues de presentar el reclamo para agotar la via administrativa tenes que esperar la denegatoria presenta recurso jerarquico y recien cuando te lo denieguen ahi se agota la via
fijate bien los plazos de la ley que este basado el lugar donde estes reclamado
en el caso que se demoren siempre podes pedir el pronto despacho administrativo.
 #1188487  por administrativista
 
riogalleguense escribió: Jue, 16 Nov 2017, 16:25 despues de presentar el reclamo para agotar la via administrativa tenes que esperar la denegatoria presenta recurso jerarquico y recien cuando te lo denieguen ahi se agota la via
fijate bien los plazos de la ley que este basado el lugar donde estes reclamado
en el caso que se demoren siempre podes pedir el pronto despacho administrativo.
No, no es así, hay que actualizarse un poquito, las normas cambian.
 #1190603  por riogalleguense
 
administrativista escribió: Vie, 17 Nov 2017, 10:47
riogalleguense escribió: Jue, 16 Nov 2017, 16:25 despues de presentar el reclamo para agotar la via administrativa tenes que esperar la denegatoria presenta recurso jerarquico y recien cuando te lo denieguen ahi se agota la via
fijate bien los plazos de la ley que este basado el lugar donde estes reclamado
en el caso que se demoren siempre podes pedir el pronto despacho administrativo.
No, no es así, hay que actualizarse un poquito, las normas cambian.

si sabes tanto nose para que estas preguntando en un foro...
y si dos veces te dijeron que tenes que agotar la vía administrativa. Es porque razon no tenias, la via administrativa la tenes que agotar.
 #1190604  por riogalleguense
 
administrativista escribió: Vie, 17 Nov 2017, 10:47
riogalleguense escribió: Jue, 16 Nov 2017, 16:25 despues de presentar el reclamo para agotar la via administrativa tenes que esperar la denegatoria presenta recurso jerarquico y recien cuando te lo denieguen ahi se agota la via
fijate bien los plazos de la ley que este basado el lugar donde estes reclamado
en el caso que se demoren siempre podes pedir el pronto despacho administrativo.
No, no es así, hay que actualizarse un poquito, las normas cambian.
y la ley de procedimiento administrativo y su reglamento son del 72, no se que decís que se actualizó.
 #1191847  por ely
 
Buenos dias, a ver si me pueden dar una mano, el tema es así. Personal temporario de Malvinas Argentinas, desde el 01/05/1996, lo despiden por decreto el 18 de marzo de 2016. Fue a un abogado y le hizo telegrama, EL CUAL REZA: "INTIMO PLAZO 48 HS SE ME REINCORPORE A MIS TABEAS NORMAI FS Y HARITl IAI ES
DE LAS QUE SE ME PRIVÓ ALEGANDO LO DISPUESTO EN UNO O MAS DECRETOS QUE DESDE YA DEJO IMPUGNADOS
POR CARECER DE REQUISITOS ESENCIALES HABERSE DICTADO POR ÓRGANO INCOMPETENTE. CARECER DE CAUSA Y MOTIVACIÓN;
(ii) NO HABERSE CUMPLIDO EL PROCEDIMIENTO APLICABLE; (i¡¡) NO HABERSE DADO A
PERSONAL REALIZADA ADOLECE DE PRECARIEDAD AL NO CONSTAR LOS ACTOS-
JURIDICOS QUE SE PRETENDEN NOTIFICAR, TRANSCRIPTOS EN FORMA INTEGRAL; (iv)
RECLAMO EN IGUAL PLAZO EL PAGO DE LAS REMUNERACIONES CAÍDAS HASTA LA
FECHA DE EFECTIVA REINCORPORACIÓN, YA QUE Mi FUERA LABORAL ESTUVO A
DISPOSICIÓN DF I A MUNICIPALIDAD, HABIFNnOSFMF NFGADQ EL ACCESO A MI LUGAR
DE TRABAJO E IMPEDIDO PRESTAR TAREAS CONTRA MI VOLUNTAD.
DENUNCIO QUE LAS VÍAS DE HECHO EMPLEADAS VIOLAN EL DERECHO A LA-
ESTABILIDAD QUE ES INHERENTE AL EMPLEO PÚBLICO QUE DESEMPEÑO Y EL
INCUMPLIMIENTO DE LO RESUELTO EN LA CAUSA "NARDINI, LEONARDO JAVIER Y OTRA
SAN MARTÍN), A LA VEZ QUE LAS OMISIONES Y CONDUCTAS SEÑALADAS IMPORTAN UNA
FLAGRANTE VIOLACIÓN DE LOS DEBERES A CARGO DEL EJECUTIVO MUNICIPAL." fue recibido por el municipio el 3/6/2016
El tema es el siguiente, no se impugno el decreto por via administrativa, lo hago ahora, entiendo que me lo impugnan por extemporaneo y voy por la via judicial.
Es mucho tiempo de trabajo pobre tipo y esta en la lona, recien ahora pude conseguir el telegrama, lo mande a buscar la copia porque el original lo tenia el abogado que lo hizo y desaparecio.
Muchas gracias por la ayuda
 #1191848  por ely
 
Buenos dias, a ver si me pueden dar una mano, el tema es así. Personal temporario de Malvinas Argentinas, desde el 01/05/1996, lo despiden por decreto el 18 de marzo de 2016. Fue a un abogado y le hizo telegrama, EL CUAL REZA: "INTIMO PLAZO 48 HS SE ME REINCORPORE A MIS TABEAS NORMAI FS Y HARITl IAI ES
DE LAS QUE SE ME PRIVÓ ALEGANDO LO DISPUESTO EN UNO O MAS DECRETOS QUE DESDE YA DEJO IMPUGNADOS
POR CARECER DE REQUISITOS ESENCIALES HABERSE DICTADO POR ÓRGANO INCOMPETENTE. CARECER DE CAUSA Y MOTIVACIÓN;
(ii) NO HABERSE CUMPLIDO EL PROCEDIMIENTO APLICABLE; (i¡¡) NO HABERSE DADO A
PERSONAL REALIZADA ADOLECE DE PRECARIEDAD AL NO CONSTAR LOS ACTOS-
JURIDICOS QUE SE PRETENDEN NOTIFICAR, TRANSCRIPTOS EN FORMA INTEGRAL; (iv)
RECLAMO EN IGUAL PLAZO EL PAGO DE LAS REMUNERACIONES CAÍDAS HASTA LA
FECHA DE EFECTIVA REINCORPORACIÓN, YA QUE Mi FUERA LABORAL ESTUVO A
DISPOSICIÓN DF I A MUNICIPALIDAD, HABIFNnOSFMF NFGADQ EL ACCESO A MI LUGAR
DE TRABAJO E IMPEDIDO PRESTAR TAREAS CONTRA MI VOLUNTAD.
DENUNCIO QUE LAS VÍAS DE HECHO EMPLEADAS VIOLAN EL DERECHO A LA-
ESTABILIDAD QUE ES INHERENTE AL EMPLEO PÚBLICO QUE DESEMPEÑO Y EL
INCUMPLIMIENTO DE LO RESUELTO EN LA CAUSA "NARDINI, LEONARDO JAVIER Y OTRA
SAN MARTÍN), A LA VEZ QUE LAS OMISIONES Y CONDUCTAS SEÑALADAS IMPORTAN UNA
FLAGRANTE VIOLACIÓN DE LOS DEBERES A CARGO DEL EJECUTIVO MUNICIPAL." fue recibido por el municipio el 3/6/2016
El tema es el siguiente, no se impugno el decreto por via administrativa, lo hago ahora, entiendo que me lo impugnan por extemporaneo y voy por la via judicial.
Es mucho tiempo de trabajo pobre tipo y esta en la lona, recien ahora pude conseguir el telegrama, lo mande a buscar la copia porque el original lo tenia el abogado que lo hizo y desaparecio.
Muchas gracias por la ayuda
 #1199114  por JoaquinTrillo
 
riogalleguense escribió: Mié, 27 Dic 2017, 13:04
administrativista escribió: Vie, 17 Nov 2017, 10:47
riogalleguense escribió: Jue, 16 Nov 2017, 16:25 despues de presentar el reclamo para agotar la via administrativa tenes que esperar la denegatoria presenta recurso jerarquico y recien cuando te lo denieguen ahi se agota la via
fijate bien los plazos de la ley que este basado el lugar donde estes reclamado
en el caso que se demoren siempre podes pedir el pronto despacho administrativo.
No, no es así, hay que actualizarse un poquito, las normas cambian.
y la ley de procedimiento administrativo y su reglamento son del 72, no se que decís que se actualizó.
Si bien es cierto que la Ley de Procedimiento Administrativo y su Reglamento son del 72, el texto ordenado de este último es del 2017 (se actualizó el procedimiento para adaptarlo a las actuaciones electrónicas que pueden cursarse, expedientes electrónicos, y otros cambios que no hacen al tema).
No obstante, la normativa nacional es clara: para agotar la vía solo existe la vía recursiva o la vía reclamatoria. Al existir acto administrativo, hay que ir por la vía recursiva, primero presentando recurso de reconsideración y, rechazado éste, presentar el recurso jerárquico (de alzada si fuera en la órbita de un ente descentralizado), siempre dentro de los plazos previstos (10 y 15 días hábiles administrativos, respectivamente).
De encontrarse agotados estos plazos, la vía administrativa no es pasible de ser agotada y, menos aún, iniciar acciones judiciales.
 #1233944  por hakki72
 
Buenos días. Consulto por un caso parecido. No hago empleo público, Un familiar, después de 17 años totales (9 por ley marco, con renovación de contrato en forma anual) es echada sin indemnización (el contrato no lo preveía). En este caso, y siendo que se trato de una relación laboral encubierta, no se agotaría la vía administrativa con los telegramas laborales intimando a que la reincorporen? O sí o sí debe hacerse el reclamo administrativo? Gracias por las respuestas que puedan dar.