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  • Madre roba pensión a su hijo

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 #1278642  por profesional
 
Colegas. A ver si me abren la mente
Un niño perdio a su padre y es beneficiario de la pension y tambien de un seguro de vida
La encargada de su cobro es su mamá hasta la mayoría de edad.
Hoy...el menor cuenta con 16 años y no vive con su madre. Esta lo dejo abandonado a su suerte pero ella sigue cobrando todo
En el expte sucesorio del padre solo se hizo hasta la DH x cuanto los organismos solo necesitaban acreditar el vinculo y su madre es quien tiene su resp parental y ejercia la patria potestad.
¿Que hago hoy en día?
Inicio una tutela? Interpongo una medida cautelar para que ella cese en el cobro?
Pido rendicion de cuentas?
Estoy mareada...pero la decision debe ser URGENTE x cuanto no puedo esperar que el niño adquiera la mayoria de edad hasta q el juez resuelva. Y más que es su dinero. Él es el unico heredero
 #1278660  por profesional
 
GRACIAS.
Coincido. Intentaré solicitar una guarda provisoria con una medida cautelar o algo así. El tema es la demora....
Nuestros tribunales deberían resolver casos así inmediatamente o por lo menos dar lugar a que con una simple notificación a ANSES puedan darle la baja a ella para cobrarla
No creo que el hijo quiera denunciarla penalmente. Aunque creo correspondería.-
 #1278664  por ClaudioFer
 
Conozco poco del tema, pero entiendo que correspondería la demanda por rendición de cuentas solicitando que cautelarmente la progenitora demandada deje de percibir esa renta hasta tanto se determine eventualmente su remoción como “administradora” de la misma (arts. 685 a 698, CCyC), e incluso que sea privada de la responsabilidad parental a partir de lo que surge del relato, conducta que encuadra en la hipótesis del art. 700, inc. b), que conlleva la pérdida de la administración, entiendo que con diferente planteo: en el primer caso como pretensión acumulativa subsidiaria de la de rendición de cuentas (la de pérdida de la administración), o como pretensión única la de privación de la responsabilidad parental, que la removería de la administración, correspondiendo el nombramiento de un tutor, con independencia de la responsabilidad penal que podría caberle. Las normas referenciadas son claras en cuanto al destino de dichas rentas, así como de que ya no subsiste ese derecho de usufructo que tenían los padres sobre los bienes de los hijos admitido en el régimen derogado.
http://universojus.com/ccc-comentado-in ... on-art-698
https://tuespaciojuridico.com.ar/tudoct ... /21/1-182/
Tenías el foro específico de derecho de familia para formular la consulta, así te responde alguien que realmente conozca del tema desde su experiencia, que no es mi caso.
 #1278680  por profesional
 
Agradezco tu respuesta. Si ví el foro de familia luego.
El tema es la legitimación por cuanto la deberán iniciar los abuelos. Y creo que la via más rápida y expeditiva sería la guarda judicial del art. 657 con medida cautelar, solicitando la baja de cobro de la pension por parte dela progenitora
Comprendan que tambien me urge el tiempo. El menor cuenta con 16 años y no puedo litigar por años.-
La guarda es por 1 año y luego veo como se desarrolla la cuestión. Además no tengo nada iniciado mas que la sucesion de su papá.-
Igual tambien pediré rendicion de cuentas durante este lapso a la madre que cobró al pensión viviendo independientemente de su hijo
 #1278682  por ClaudioFer
 
Al contrario de lo que señalás, entiendo que ese menor de 16 años tiene legitimación (y de ningún modo necesita que lo representen sus abuelos) para accionar contra su madre, tal lo que dispone el art. 679 del nuevo Código Civil y Comercial:
ARTICULO 679.- Juicio contra los progenitores. El hijo menor de edad puede reclamar a sus progenitores por sus propios intereses sin previa autorización judicial, si cuenta con la edad y grado de madurez suficiente y asistencia letrada.
https://www.ubp.edu.ar/prensa/1106-la-r ... olescente/
https://ar.ijeditores.com/pop.php?optio ... f7TSvhYSns
 #1280417  por profesional
 
GENIAL.
Gracias ClaudioFer.
Excelentes los artículos que me compartís también.-
Voy a intentarlo por esa vía. Que sea el propio menor quien inicie la demanda
 #1283157  por profesional
 
te comento que inicie la guarda judicial por parte de sus abuelos
El asesor de menores convocó a audiencia personal con el menor y puede estar presente tambien el juez.
Veremos que sucede...