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  • Denuncia Robo - Responsabilidad Constructora de la propiedad lindera

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 #1186252  por RomBoedo
 
Hola buenas tardes,

Este fin de semana nos entraron a robar en nuestro departamento, que está en el primer piso al contrafrente del edificio donde vivimos. Lo que pudimos constatar con la policía el día que volvimos (por suerte no estábamos durante el hecho) es que los ladrones forzaron la propiedad lindera, cortando los candados de la puerta principal y subiendo al techo desde el cuartito del fondo donde también cortaron el candado de la cadena que mantenía cerrado el cuartito. Luego accedieron a nuestra propiedad al contrafrente saltando un murito, rompiendo la cerradura de la reja que supuestamente nos protege.
Desde la lógica, pensamos que se debería hacer cargo la constructora que es dueña de la propiedad lindera, en este caso sin sereno y tampoco tapiada. Es de notar que están esperando todavía la orden de demolición y la aprobación de los planos (demolición y obra). Lo que sabemos también es que esta propiedad estuvo abandonada muchos años antes de que la constructora la compre con el proyecto de un edificio (de hecho una inmobiliaria ya está vendiendo unidades).

Cual es el sustento legal que nos pueda ayudar para obtener alguna indemnización? Como deberíamos proceder?
Todo eso en el barrio de Boedo, Capital Federal.

Gracias!!!
 #1186267  por legalescom
 
En principio, se trataría de un caso fortuito o de fuerza mayor:
ARTICULO 1730.- Caso fortuito. Fuerza mayor. Se considera caso fortuito o fuerza mayor al hecho que no ha podido ser previsto o que, habiendo sido previsto, no ha podido ser evitado. El caso fortuito o fuerza mayor exime de responsabilidad, excepto disposición en contrario.
Este Código emplea los términos “caso fortuito” y “fuerza mayor” como sinónimos.
Ver arts. siguientes
 #1186280  por RomBoedo
 
Que ladrones hayan entrado por esta propiedad a la nuestra, no lo veo como caso fortuito sino como un delito de descuido ya que no tomaron las precauciones necesarias y suficientes para proteger la propiedad y las otras propiedades linderas. Podía haber sido previsto y nunca lo fue... no puedo entender como un robo generado por este descuido sea un caso de fuerza mayor!

No hay ningún artículo / caso de jurisprudencia que apoye lo que estoy explicando?

Gracias
 #1186287  por RomBoedo
 
Nuevamente, no entiendo que tiene que ver un robo con la fuerza mayor, sería considerarlo como un evento sobrenatural contra el cual no podemos hacer nada... más allá de la impotencia que se siente después del hecho.

Más que el Art. 1730 me parece que el Art. 1733 tendría mucho más vigencia, sobre todo considerando el siguiente caso "si el caso fortuito o la imposibilidad de cumplimiento sobrevienen por su culpa". Los policías ya constataron que los ladrones forzaron la puerta de entrada (reitero sin sereno ni tapiada), nadie cree que haya algún sustento legal para reclamar una indemnización correspondiente al prejuicio que nosotros sufrimos?

Gracias
 #1276495  por Abogangsters
 
Hola amigo, considero que como seguridad extra no estaría mal también sugerirle al afectado el adquirir un sistema de videovigilancia (CCTV) yo personalmente te recomendaría Ajax systems para sacarle el máximo provecho a cualquier cámara de seguridad, yo lo uso para unas hectáreas que estoy arrendando a una empresa extranjera y gracias a esto fue que me pagan mas que al resto del mercado, la verdad es que es muy cómoda, antes tenia que utilizar un software distinto para cada cámara de vigilancia y era todo un problema.
 #1276539  por miletrado
 
RomBoedo escribió: Mié, 11 Oct 2017, 19:51 Que ladrones hayan entrado por esta propiedad a la nuestra, no lo veo como caso fortuito sino como un delito de descuido ya que no tomaron las precauciones necesarias y suficientes para proteger la propiedad y las otras propiedades linderas. Podía haber sido previsto y nunca lo fue... no puedo entender como un robo generado por este descuido sea un caso de fuerza mayor!

No hay ningún artículo / caso de jurisprudencia que apoye lo que estoy explicando?

Gracias
Y si de tu propiedad accedian a una tercera propiedad y también robaban vos serías responsable??
 #1276728  por flux
 
Cual es el sustento legal que nos pueda ayudar para obtener alguna indemnización?
Ir a un abogado para que plantee el reclamo.
Como deberíamos proceder?
De esa manera.

Es la unica forma en la que alguien que, no se siente responsable por lo que te paso (osea la constructora), puede ser obligado a que si lo sea (o no..., la constructora tambien va a poner su abogado que va a decir que no tenes razon, y el juez decide quien la tiene)
 #1277113  por Abogadogabriel
 
Este tema es del 2017 seguramente nuestra colega ya acciono sobre su reclamo.

Yo analizaría obligaciones sobre la siguiente frase: "la constructora que es dueña de la propiedad lindera, en este caso sin sereno y tampoco tapiada"
Y si la constructora cometió alguna omisión sobre lo sucedido.
Saludos