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  • Solicitud Declaratoria de Herederos

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 #1473633  por Iusgus2013
 
Buenas colegas. Consulta: una vez publicado un edicto, en este caso, por un día en el boletín oficial. La declaratoria la debo pedir pasado los 30 días, no? A pesar que tengo todos los trámites. Antes no, no? Debo esperar dicho plazo?
 #1473667  por profesional
 
Antes nunca por cuanto ese es el plazo para que se presenten a ese juicio quienes se consideren con derecho.
Por eso se debe esperar que venza el plazo.
Luego deberás pedir vista al fiscal y posterior declaratoria de herederos
 #1473670  por legalescom
 
Además, deberá tenerse presente que, el plazo, lo es de 30 días corridos, ya que es un plazo procesal (art. 699 C.P.C.C.N. y art. 734 del C.P.C.C. Prov. Bs. As.). Asimismo, el C.P.C.C. Nacional, dispone en su Art. 703. - La declaratoria de herederos podrá ser ampliada por el juez en cualquier estado del proceso, a petición de parte legítima, si correspondiere. Lo mismo, refiere el C.P.C.C.de la Prov. de Bs. As., en su art. 738.
En cambio, el Cód. Proc. Cordobés, dispone en su art. 663.- La declaratoria podrá ser ampliada, sin trámite, en cualquier estado del proceso, mediando conformidad de todos los herederos. En caso contrario, si los nuevos pretendientes se presentaren antes de la declaración, podrán ser oídos en la forma prescripta para las tercerías. Si su presentación fuere posterior a la resolución, quedará expedita la vía ordinaria.