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  • Art 19 ¿Mínimo?

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1468228  por Mer1984
 
Estimados ¿Cómo están?
Necesito contar con el exceso de edad en una jubilación y estoy ahí con los tiempos.
Alguna vez escuché en un curso que había un mínimo para aplicar el Art. 19.
Aquí voy a tener un exceso de edad de casi 6 meses, lo cual me da un poco más de 2 meses de compensación, que es lo que yo necesito, 2 meses.
¿Hay algún mínimo que alcanzar en efecto? ¿O fue algo que entendí o se explicó mal?
Gracias a todos
 #1468229  por lucky
 
No hay un mínimo. Te computan hasta los días.
 #1468235  por marydoc
 
Hola!!
El art. 19 lo da el mismo sistema ( SICA) al inicio de la presentación del trámite, cuando se identifica el beneficiario con la presentación del documento de identidad.

saludos
 #1468251  por Mer1984
 
Gracias a los dos, estoy en una temporada de preguntas boludas. Abrazo fuerte