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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1468574  por Lan
 
Hola colegas! como están? Consultas: Tengo una Jubilación con Moratoria + Monotributo + Domestico. Los periodos de domestico son 2 y ambos por idéntico periodo (aportes: uno de menos de 12 horas y otro de mas de 16 hs) Las consultas son: 1) El de menos de 12 horas, así aporto, pero en los recibos pone menos de 6 hs. Esta ok? porque alguna vez leí acá que menos de 6 hs no es domestico. Lo que pensé es decir en los formularios lo que pago de aportes (menos de 12 hs) y declarar un mínimo de 6 hs semanales aunque el recibo diga menos de 6 horas. Que opinan? 2) En situación de revista va un solo periodo que comprende a ambos (ya que coincide fecha de inicio a hoy) y con el aporte mayor, verdad? (mas de 16 horas) 3) Hay una deuda de Monotributo en el Sicam del año 2011....me recuerdan como se pagaba? Muchas gracias a todos!!! *cafe*
 #1468673  por SAIJ2017
 
Hola LAN, parece que Lucky y MARIO están de vacaciones jajaj. Bueno yo odio SDM y trato de huirle pero creo que solo +de 16 hs te sirve como año/mes de aporte y si tenes menos hay que pagar la diferencia. Pero como cuando es extemporaneo complica, capaz que hay que hacer un acuerdo con un empleador X homologarlo y que pague con rectificativa. Asi llegado el caso lo presentas en ANSES.

Igual si vuelven de su silecio vaccional van a asesorate mejor. Y la otra cuando vas a UDAI preguntas a la coordinacion y listo!!!! Lleva facturas o chocolates!!!!
 #1468698  por MARIO1943
 
[quote=Lan post_id=1468574 time=1653838916 user_id=54438

Hola colegas! como están? Consultas: Tengo una Jubilación con Moratoria + Monotributo + Domestico. Los periodos de domestico son 2 y ambos por idéntico periodo (aportes: uno de menos de 12 horas y otro de mas de 16 hs) Las consultas son: 1) El de menos de 12 horas, así aporto, pero en los recibos pone menos de 6 hs. Esta ok? porque alguna vez leí acá que menos de 6 hs no es domestico. Lo que pensé es decir en los formularios lo que pago de aportes (menos de 12 hs) y declarar un mínimo de 6 hs semanales aunque el recibo diga menos de 6 horas. Que opinan? 2) En situación de revista va un solo periodo que comprende a ambos (ya que coincide fecha de inicio a hoy) y con el aporte mayor, verdad? (mas de 16 horas) 3) Hay una deuda de Monotributo en el Sicam del año 2011....me recuerdan como se pagaba? Muchas gracias a todos!!! *cafe*
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CONTESTO DESDE LAS ISLAS CANARIAS
1) EN EL FORMULARIO 102 RT, DICE MENOR A 12 HS SEMANALES, POR LO TANTO NO HAY DESDE, ANTERIORMENTE SI ERA INFERIOR A 9 HS, HABIA QUE INSCRIBIRSE EN MONOTRIBUTO
2) SE DECLARA CUANDO HAY SUPERPOSICION EL PERIODO MAS ALTO , O SEA MAS DE 16 HS
3) LA DEUDA DE MONOTRIBUTO SE PAGA
Cancelación deuda período desde 01/07/2004:
Para la cancelación de deuda por capital, se completa una boleta por cada período.
Formulario F155
Capitales:
Impuesto: 021
Concepto 019
Sub-Concepto 086
Para la cancelación de deuda por interés, se completa una boleta por cada período.
Formulario F155
Intereses:
Impuesto: 021
Concepto 019
Sub-Concepto 051
SI HAY SOLO PAGO DE CAPITAL Y DEUDA DE INTERESES, HAY QUE AGREGAR
A LOS INTERESES SUB CONCEPTO 052, INTERESES CAPITALIZABLES
DICEN QUE NO ACEPTAN EN ALGUNOS LUGARES EL CODIGO 086, SI ES ASI PROBA CON EL CODIGO 072 AJUSTE
 #1468712  por Lan
 
jajaja Gracias a ambos! Mario en le punto 1) Quisiste poner 6 hs, cierto? y por error quedo 9. ES DECIR PUEDO PONDER 5 HS UNA VEZ POR SEMANA, CIERTO? y es Domestico. 2) Ok 3) La contadora reimputo pagos y quedo en cero....esta ok que se haga así, no? En unos días hago un nuevo Sicam a ver si ese mes aparece en cero.
 #1468719  por MARIO1943
 
Lan escribió: Jue, 02 Jun 2022, 20:00 jajaja Gracias a ambos! Mario en le punto 1) Quisiste poner 6 hs, cierto? y por error quedo 9. ES DECIR PUEDO PONDER 5 HS UNA VEZ POR SEMANA, CIERTO? y es Domestico. 2) Ok 3) La contadora reimputo pagos y quedo en cero....esta ok que se haga así, no? En unos días hago un nuevo Sicam a ver si ese mes aparece en cero.
NO VALE LA PENA ANALIZAR SI ES 6 HS 0 9 HS, LA VERDAD NO ME ACUERDO, LO IMPORTANTE ES LOS SIGUIENTE
¿Hay un mínimo de horas que deban ser trabajadas para poner en blanco a la empleada doméstica?

Fecha de modificación: Mié., 17 Jul., 2019 at 10:05 P. M.

No. No hay un mínimo de horas para poner en blanco a la empleada doméstica.

Tal cómo lo indica la Ley 26844 de Servicio Doméstico, son relaciones laborales las que se establecen entre empleador y empleada por el trabajo que presten en las casas particulares o en el ámbito de la vida familiar cualquiera fuere la cantidad de horas diarias o de jornadas semanales en que sean ocupados para tales labores.
 #1468726  por SAIJ2017
 
Grande MARIO desde el exilio. Ahora me surgió otra duda por un Sr. vigilador que le pagan casi todo el sueldo como no remunerativo por una Resolucion de la Subsecretaroia de Trabajo de CABA. Si vos no llegas al monto mínimo previsto en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley Nº 24.241, texto según la Ley Nº 26.222, establecido en $ 10.989,91.- a partir del período marzo 2022 de la Resolución (ANSES) 32/2022. NO SE COMPUTA COMO AÑO UTIL A LOS EFECTOS PREVISIONALES.

En el caso de SDM si trabaja menos de 16 Hs será servicio doméstico claro pero no le va a servir para el computo o me equivoco en algo???
 #1468759  por SAIJ2017
 
Mi pregunta de SDM con menos de 16 es si no es obligatorio que la trabajadora pague la diferencia con el aporte minimo $ 1272.- al SIPA de los MT SDM de 12 a 16 paga $ 267 ( trabajador) + 102 ( empleador) Y yo entiendo que con aportes de $ 370 x mes no accede al beneficio de jubilarse. Capaz que es un concepto equivocado. Pero mas de 16 Hs paga de aportes SIPA 1775 + 148 que me parec mas lógico. Por eso con el minimo de $ 10.989,91.- de los RRDD 11% Trabajador + 16 Empleardor da unos 1200+1700 = 2900.- EL MT promovido tambien paga 1272.-
 #1468775  por MARIO1943
 
SAIJ2017 escribió: Sab, 04 Jun 2022, 11:26 Mi pregunta de SDM con menos de 16 es si no es obligatorio que la trabajadora pague la diferencia con el aporte minimo $ 1272.- al SIPA de los MT SDM de 12 a 16 paga $ 267 ( trabajador) + 102 ( empleador) Y yo entiendo que con aportes de $ 370 x mes no accede al beneficio de jubilarse. Capaz que es un concepto equivocado. Pero mas de 16 Hs paga de aportes SIPA 1775 + 148 que me parec mas lógico. Por eso con el minimo de $ 10.989,91.- de los RRDD 11% Trabajador + 16 Empleardor da unos 1200+1700 = 2900.- EL MT promovido tambien paga 1272.-
A PARTIR MAYO 2022 EL APORTE ES $ 1394,25, MAS LA DIFERENCIA DE CONTRIBUCIONES