Hola Colegas! como están? Espero que bien. Les consulto lo siguiente: Juicio de reajuste. Liquidación aprobada. Embargo. Orden de transferencia a la cuenta de la actora. Sale el Deox al Banco Nación y Anses presenta impugnación por error material, reclamando saldo. Y el Juzgado me corre traslado. Como puede ser?? la Sra. ya esta por cobrar la primera liquidación! alguien podría ayudarme en que debo hacer? Muchas gracias a todos!!!
De lo que resume Anses que "sería errónea" es: a) Elimina el tope de las remuneraciones actualizadas lo cual es incorrecto ya que las sentencias no lo disponen y b) No efectúa descuento en la Ley 20.628 sobre los intereses. (Res. General 2437/08).-
El punto 1) La sentencia de Primera ordenó: Habiendo, asimismo, sido solicitada la inconstitucionalidad de los artículos 9 y 25 de la ley 24.241 y Resolución S.S.S. 6/09, art. 14, cabe destacar que si el descuento para la jubilación se realiza sobre la totalidad del haber de un activo, no debe topearse dicho haber para establecer el promedio de las remuneraciones, tal como lo ordena el art. 25 de la ley 24.241, por lo que es arbitraria la fijación de un tope máximo. Para el caso que se diera dicha situación corresponde declarar la inconstitucionalidad de los artículos mencionados supra. Sin perjuicio de ello, la diferencia que resulte de haberes reajustados y haberes percibidos, se abonará en su totalidad sin quita alguna, de conformidad con el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación in re “Pellegrini, Américo c/ Anses s/ Reajustes Varios”,del 28/11/06.-
La Sentencia de Cámara: Difiere el tratamiento de la inconstitucionalidad de los arts. 9 y 25 de la Ley 24.241 para la ejecución.-
En la ejecución: Acompaño liquidación. Anses impugna topes. Insisto con la Res. 6/09 y el Juez aprueba mi liquidación, diciendo que: "en cuanto a la objeción deducida respecto a la falta de aplicación de topes, dado que la actora los aplica correctamente, corresponde su rechazo". En la ejecución también hable de impuesto a las ganancias (Fallo García María Isabel) y en el reajuste también (cuando me corren traslado de la contestación de demanda).-
GRACIAS A TODOS POR LA AYUDA!!!