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  • URGENTE!!! ESPOSA SEPARADA DE HECHO PIERDE LA PENSION??

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #365124  por lauri
 
HOLA A TODOS!!!

Hoy me presenté en IPS, para iniciar una pensión directa. Es justamente un caso de una viuda (casados) separada de hecho. COmo ya hacía muchos años que se habían separado, no coindicen los domicilio del DNI de la señora y la partida de defunción del marido.

Por esa razón no me permitieron que inicie el trámite. Y ellos mismos me sugirieron que la señora haga en un Juzgado de Paz, una información sumaria con dos testigos, que acrediten que aunque tenían diferentes domicilios, ellos sí convivían.

Cómo es el tema???
Anses reconoce el derecho a de la viuda/o separada de hecho PERO IPS NO ????????

Alguien tuvo un caso así?

saludos

Laura
 #365160  por inesla
 
hola, yo estoy esperando q del archivo san martin envien un expte. de pensión otorgada a la concubina, el esposo y mi cliente estaban divorciados legalmente, pero él debía pasar alimentos, Conocé a la conviviente, peruana, se casan en Perú y fallece allá. La conviviente se presenta, con un abogado que dice: "... a pesar de no tener nuestro país convenio con Perú, el matrimonio es válido p/la Rep. Argentina..."???!!! Anses (estaba en una afjp) sin dictamen jurídico otorga el beneficio y lo paga en su totalidad. Nos presentamos con la hija en su momento en la afjp y solicitamos, con copia certificada de la sentencia de divorcio y alimentos pactados y homologados, conclusión: la compañía de seguros de retiro, a los dos meses comenzó a abonarle el 50% de la cuota que percibía la concubina. Aparte ésta al omitir o falsear la declaración jurada de la solicitud, perjudicó la integración de la renta vitalicia, que ahora estamos reclamando se dolarice, ya q el sr en el 99 había optado (cuándo se jubiló) por renta en dólares. Es un lindo tema, pero el expte. de San Martín sigue cómodamente instalado, perdón los 2 exptes, el de jubi y el de pensión x separados, ya que anses no consideró necesario que ambos se juntaran, sds
 #365232  por lauri
 
Ines,
es interesante tu caso.

Pero lo que yo estoy planteando, es un caso que no pude iniciar en IPS.
Tenés idea? Porque es diferente que ante anses.

En cuanto al pedido de dolarización de la renta vitalicia...
cómo se inicia?
ante la compañía de seguros o directamente una demanda.

Tendrías modelo para hacer ese reclamo?

Gracias!!!
Laura
 #396187  por Esteban25
 
Les comento, yo tengo una pensión de esposa -legal- separada de hecho ya que el marido la abandonó, inicia pensión hace 2 años, ellos tenían distintos domicilios. Agregamos prueba de que el marido la abandonó, también testigos. EStuvo en trámites de leyes especiales y hoy salió acordada.
 #399153  por Vaness29
 
Hola, yo tengo un caso por iniciar y veo tantas expriencias diferentes!!!mi clienta es la señora casada, con tres hijos la abandono hace 37 años, el formo otra familia en bs as y declaro a la conyugue como beneficiaria, para hacer el adp no hay problema, el tema es para el turno, que presento???y si declaro la separacion? a mi criterio segun lo que he leido deberia declarar la separacion, ahora el tema de los testigos tengo q ver si es viable, porque ellos cuando estaba casados vivian en otro pueblo en el interior de una provincia. el estaba cobrando en bs as y si tiene expediente esta alla, en la provincia iniciare el pedido de pension deribada, pero el tema es q no se si la concubina inicio un pedido de pension. mi clienta se hizo cargo de los hijos toda la vida, nunca cobro un peso del marido, ni casa le dejo, y ahora es jubilada porque trabajó toda su vida.
 #399475  por celiaEsc
 
Hola Lauri: respondo a tu pregunta: IPS y la ANSES, pueden tener diferentes criterios para ciertos temas, pero también entre funcionarios de cada uno de esos organismos, según la oficina que te toque, pueden solicitarte también criterios dispares. Pero en tu caso, fue más sencillo, ellos mismos te dieron la solución, entonces no te queda otra que cumplir esos requisitos y presentar nuevamente. Y. justamente ese es el problema, no hay uniformidad. Por eso vas a encontrar diferentes posturas..Saludos
 #399489  por celiaEsc
 
Vaness29: perdón pero no entiendo cuando dices que "el formo otra familia en bs as y declaro a la cónyuge como beneficiaria, para hacer el adp no hay problema""
¿Estás diciendo que estando en concubinato con otra mujer desde hace 37 años, declaró a la "cónyuge", como beneficiaria y por eso no tendrías problemas en hacer adp.¡¡'???
Y, entonces, tampoco tendrías problemas para obtener la pensión, si bien estaban separados desde hace tanto tiempo, el criterio que prima en la ANSES, es que no se puede privar a la esposa de la pensión, (salvo que con posterioridad hubiera estado en pareja con otro hombre, en concubinato)
Como ellos estaban separados, y fue el sr. quien tiene concubinato comprobado, vos podés alegar la culpabilidad de él. ¿La cónyuge hizo alguna denuncia por abandono de hogar?
No importa que nunca le hubiera pasado dinero, y que hubieran vivido separados, lo que no puede la ANSES, a través de una resolución administrativa, es ponerse en lugar de un juez, y decretar que la esposa separada de hecho es culpable. y si no lo puede hacer, entonces: es inocente y al menos, debe compartir la pensión. Comparto lo que te recomienda Esteban, porque con dos testigos que prueben el abandono, y por tanto su culpabilidad, no te la podrían rechazar. Saludos
 #399566  por Vaness29
 
Perdon Celia por no ser clara-

Cuando estaban casados ellos vivian en una localidad del interior , luego él abandonó a su mujer para unirse a otra en bs as(buenos aires) y él la declaro a la concubina, (con la que también tubo hijos y vivio hasta que falleció), como beneficiaria( al menos asi aparece en los registros de anses)Respecto a si la esposa hizo denuncia de abandono. Sí la hizo en Buenos Aires en una comisaria de Lanús en Junio de 1970 (pero no tiene copia de esto) En Iniciación de Anses solo me piden Certificado de matrimonio Actualizado y la declaración jurada art 1 ley 17562 , y al preguntar si presento testigos u otra declaracion de los hechos de abandono, me dijeron que no, que solo esas dos.
 #399688  por Esteban25
 
Al constatar que no tenian mismo domicilio y que denuncias en el formulario que estaban separados de hecho, te van a pedir el formulario de dos testigos, para probar la culpa del abandono. tambien hay otro formulario para que declare la viuda, como que él la abandonó.,,tendrias que presentar otras pruebas del abandono, sino mandan a ve3rificar...a mi me mandaron una a verificar y la otorgaron
 #400362  por fabidoc
 
Què es lo que mandan a verificar?? esteban25, por un lado el decr 1290/94 y jurisprudencia determinan que las testimoniales no son prueba fehaciente si no están respaldadas por documentales u otras pruebas, por el otro: pueden denegar un beneficio si un vecino dice que en realidad la esposa tuvo culpa???
 #400537  por Esteban25
 
mandan a verificar respecto si quien tuvo la culpa, preguntan a los vecinos, de todos los domicilos que declares q estuvo constituido el matrimonio.
la verdad no se lo que me preguntas, yo todavia no pude ver el expediente, salio acordada hace muy poco..pero estuvo en verificación y se vé que salió todo bien porque la acordaron
 #400651  por fabidoc
 
Siguiendo con todo lo expresado a mi me parece que no es la CULPA lo que van a probar las verificaciones del ANSES, porque no es órgano competente para hacerlo.-Un tercero interesado sí podría plantearlo (por ej. una concubina).-
Me parece que va por el lado de probar si la supérstite está conviviendo con otra persona o no.- O sí se comportaron publicamente como matrimonio durante los años que vivieron juntos.-Y también digo que esas testimoniales son refutables.-
 #400732  por alejandra01
 
ALEJANDRA VALLADARES escribió:yo expuse un caso similar o no, hace un tiempo y nadie contestó. Tengo una clienta casada legalmente, separada de hecho, el marido habia tenido concubina, (e hijos también con ella), pero al morir en 2004 vivía solo, su mujer legal y sus hijos todos grandes lo visitaban y todo. La señora me trajo para que le siga la pensión, porque no se movía su expediente. Me encontré con que la concubina ya está cobrando la pensión desde 2005. Mi clienta esta re atacada porque no sabía, es más, creo que le preguntaron y la avivaron sin querer.No tiene mi clienta con el marido el mismo domicilio en el dni, pero mi clienta, esposa legal, estaba a cargo del marido en la obra social de pami. Ahora Anses pidió el expediente de pensión de la concubina. Testigos no pidieron, mi clienta solo presentó fotos y certif de matrimonio, y estoy con la incógnita de que pasará. En anses me dice que está para una inclusión. Pero si la concubina ya no vivia con el hombre, quien murió en una clínica (así dice su partida de defunción), debería tener la pensión completa la viuda legal no???
La verdad, no se que va a pasar...y no puedo ver el expediente de pensión de la concubina porque está en giro al anses.
Yo supongo que si está para inclusión, no pierde su derecho a pensión, no???
que opinan?.
alejandra
a este post Esteban 25 había contestado que la esposa perdía la pensión si dió culpa a la separación, o mejor dicho si podía probarse...
COmo se resolvió el caso planteado???... le otorgaron media pensión a la esposa...
ambos cónyuges tenían distinto domicilio, el hombre había tenido hijos con la concubina y tenía con ésta el mismo domicilio, con la esposa seguía legalmente casado y la tenía a su cargo en la obra social y tenía también hijos grandes...
pero él se había ido de la casa de la esposa...
Lo posteo para que sirva de ejemplo a quienes lo necesiten...
tardó bastante el trámite, pero salió bien para la esposa...
saludos.
 #400909  por celiaEsc
 
Alejandra: escribiste:
"""Pero si la concubina ya no vivia con el hombre, quien murió en una clínica (así dice su partida de defunción), debería tener la pensión completa la viuda legal no???
La verdad, no se que va a pasar...y no puedo ver el expediente de pensión de la concubina porque está en giro al anses.
Yo supongo que si está para inclusión, no pierde su derecho a pensión, no???
que opinan?.
alejandra

Es verdad, si el esposo realmente cortó el concubinato y cuando falleció se encontraba en PAMI, gracias a su esposa, vos deberías haber visto el expediente, para saber qué fue lo que presentó la concubina, si no presentó la información sumaria, vos tenés que reclamar ya que la concubina no probó el concubinato, y los gastos de cepelio y PAMI, estuvieron a cargo de su esposa y no de ella. Se le corta la continuidad, para mi no es inclusión, pero sos vos la que tenés que alegar que ella estaba separada y no solamente presentar las pruebas, sino mediante un escrito solicitar, basándote en el art. 53 de la ley 24241, y en el Dec. 1290/94, que exige continuidad en la relación concubinaria. Y porque es requisito para las concubinas presentar la información sumaria, que no consta en el expediente y comprobar fehacientemente, una relación CONTINUA, durante los 5 años anteriores al fallecimiento.
Donde hubo un corte, no hay concubinato, salvo un fallo en el que el sr. tuvo que ser internado en el geriátrico y se la dieron igual... porque ella lo siguió atendiendo. Saludos