Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • COMO HACER CALCULO DEL ART 275 LCT - TEMERIDAD Y MALICIA

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1273592  por Lan
 
Buenos días colegas! les hago una consulta como se hace el calculo del art 275 LCT temeridad y malicia? Dice dos veces y media el interés que cobren los bancos oficiales....No se si me lo darán pero la demandada ante el traslado, guardo silencio. Gracias a todos! *cafe*
 #1273876  por eltam88
 
Lan escribió:Gracias eltam, pero es por un acuerdo que no se pago....
No tenés que liquidar, solo pedirlo en la ejecución y estar atento a cuando se resuleva la ejecución y ahí si hacer la liquidación. Va por lo menos en Prov de Bs.As hago así