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  • Dos primeras horas. Plazo de gracia

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 #1434065  por JulioManfredini
 
Buenos días colegas, una pregunta un poco obvia, pero tengo dudas.
Laboral en Cap fed.
El plazo de gracia de las dos primeras horas para presentar escritos, en materia laboral, rige para impugnacion de pericias? Pregunto porque tengo entendido que para algunos institutos no rige.
Agradeceré comentarios
 #1434434  por ClaudioFer
 
En el caso del procedimiento de la LO 18.345, es aplicable el plazo de gracia del art. 124 del CPCCN (art. 155, LO), y no hay prevista ninguna excepción en cuanto a su aplicación al plazo para impugnar el informe pericial (art. 93 de la LO, cuyo plazo es de tres días, pero que puede ser ampliado por la complejidad o extensión de dicho informe), como tampoco la hay en el caso del art. 473 del CPCCN (para el mismo supuesto, pero por un plazo de 5 días). Al menos no he encontrado doctrina ni jurisprudencia que postule lo contrario.
Si hablamos de excepciones a la aplicación del plazo de gracia según la jurisprudencia, una de ellas la constituye el plazo previsto para la devolución del expediente entregado en préstamo a los letrados a los efectos de presentar sus alegatos, lo que acarrea la pérdida de la facultad de alegar. Otra es la facultad del demandado en un juicio de alimentos de contestar demanda y ofrecer prueba, que debe ser ejercida hasta el momento mismo de la audiencia, no siendo válido hacerlo en el plazo de gracia. Y otra lo es el plazo para presentar el recurso de apelación en el amparo, salvo que el plazo de 48 horas haya vencido en hora inhábil.
Con relación a la interrupción del plazo de la prescripción por la promoción de la demanda, la jurisprudencia mayoritaria admite su efecto interruptivo aun cuando aquella haya sido interpuesta dentro del plazo de gracia.
 #1435206  por DRalonso
 
NO HAY DE QUE, JULIO!

EN DEFINITIVA: "plazo de gracia de las dos primeras horas para presentar escritos, en materia laboral, rige para impugnacion de pericias?" ¡SI!