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  • Consulta Telegrama Laboral despido indirecto

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #538502  por hache81
 
Buenas tardes a todos, Tengo una consulta a realizar, vino un cliente que estaba totalmente en negro, intimamos al empleador para que registre el vinculo laboral en lo terminos de los articulos 8 y 11 de la 24013. El empleador nego todo. Ahora tengo que redactar el telegrama donde se considera despedido. No tengo ninguno a mano, y encontre esto por la red:
Niego su Carta Documento Nro. CD , de fecha , por falsa, maliciosa e inexacta. Asimismo ratifico en todas y cada una de sus partes mi misiva anterior. Atento no haber dado cumplimiento con las intimaciones realizadas, me considero despedido por su exclusiva culpa. Informo a Ud. que realizaré las correspondientes denuncias ante la AFIP, ANSES, Ministerio de Trabajo y denuncia penal tributaria. Accionaré judicialmente. Cierro intercambio epistolar. QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.--------------------------------------

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Muchas gracias!
 #538507  por klaudia7
 
hache81 escribió:Buenas tardes a todos, Tengo una consulta a realizar, vino un cliente que estaba totalmente en negro, intimamos al empleador para que registre el vinculo laboral en lo terminos de los articulos 8 y 11 de la 24013. El empleador nego todo. Ahora tengo que redactar el telegrama donde se considera despedido. No tengo ninguno a mano, y encontre esto por la red:
RECHAZO (ME GUSTA MAS) Niego su Carta Documento Nro. CD , de fecha , por falsa, maliciosa e inexacta. Asimismo ratifico en todas y cada una de sus partes mi misiva anterior TCL N1 XXXXXXXX (CDXXXXXXX). Atento no haber dado cumplimiento con las intimaciones realizadas, me considero INJURIADO Y despedido por su exclusiva culpa. Informo a Ud. que realizaré las correspondientes denuncias ante la AFIP, ANSES, Ministerio de Trabajo y denuncia penal tributaria. Accionaré judicialmente. Cierro intercambio epistolar. QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO Y CONSTITUIDO EN MORA A TODOS LOS DERECHOS QUE POR lEY ME CORRESPONDAN. FULANO DE TAL DNI Nº XXXXX....CUIL: XX-XXXXXXXXX-X.--------------------------------------

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Muchas gracias!
 #538599  por aguchi
 
Si, esta bien, hace incapie tambien en la negativa del vínculo como injuria grave.
E intima al pago de las indemnizaciones bajo apercibimeinto del art 2 ley 25323
Saludos!
 #538652  por touche
 
Hola HACHE81, lamento decirte, para que opere las multas de la 24.013 con dicho reclamo al mismo tiempo tenès que enviarle la tlc a la afip.
Touche.
 #538810  por ggoldfrois
 
de acuerdo con touche, tenes que mandar el tcl solicitando la registracion y al mismo tiempo a la afip o mas tardas a las 24 horas, ahora te queda la 25323. Esta todo en los libros muchachos, la idea es preguntar cosas de la practicaa o como encontrar legislacion o jurisprudencia de dificil acceso. un abrazo y va con buena onda.
 #539205  por aguchi
 
Hache no dijo que no hubiera mandado la copia de la intimación a AFIP!
Por otro lado, y por mas que creo que uno puede preguntar lo que quiera, desde la obviedad más grande hasta un criterio jurisprudencial restringido; la pregunta si fue práctica, aparentemente nunca le tocó un casi así hasta ahora, y justamente para eso está el foro, me parece!
Saludos a todos.
 #539972  por hache81
 
Como dijo Aguchi, yo no dije en ningun momento que no se hubiera mandado el telegrama a la afip, de hecho se mando al mismo tiempo que la primera donde se intimo que en el plazo de 30 dias se regularice la situacion conforme la 24013.

Muchas gracias a quienes ayudaron!
un saludo!
 #540706  por agentil
 
No. Es el mismo telegrama solo que al principio le colocas "Se procedio a enviar a la empresa tal...... el telegrama del siguiente tenor" algo asi. saludos!!!
 #540737  por marujameg
 
Niego su Carta Documento Nro. CD , de fecha , por falsa, maliciosa e inexacta. Asimismo ratifico en todas y cada una de sus partes mi misiva anterior. Atento no haber dado cumplimiento con las intimaciones realizadas, me considero injuriado y despedido por su exclusiva culpa, por lo que lo intimo plazo único de 48 hs. abone indemnizaciones por despido indirecto, preaviso, sac y vacaciones proporcionales, haberes mensuales adeudados (si los hubiere), y multas por ley de empleo (arts. xxx y 15). Además, los intimo entreguen certificado de trabajo, bajo apercibimiento de ley 25345, art. 45. Transcurrido dicho plazo y no habiendo abonado suma alguna, iniciaré acciones legales inmediatamente, así como reclamaré lo dicho por ley 25323, art. 2. QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.


No existe un modelo único, pero estimativamente es lo que se reclama.
 #540770  por aguchi
 
pnl escribió:ojo creo no se aplican esas multan al servicio domestico.-
No, no se aplican, pero este post no es sobre servicio domestico, o si?