Hola chicos, tengo una duda. Mi cliente es docente oficial de la pcia de Santa Fe, tiene 30 años de aporte y 50 de edad. Desea jubilarse ahora mismo, aunque no tiene los 57, igualmente quiere hacerlo. Yo pienso que puede hacerlo, pero en ese caso se jubilará con el 72% el cual no es móvil. Estoy en lo correcto?????? O estoy errada====
Hola Kiara, te hago una consulta ya que no me dedico al tema y un amigo docente me consultó.
El art. 3 de la ley 24016 plantea los requisitos necesarios para tramitar la jubilación. Mi consulta es respecto de los años de prestación de servicio y los años al frente de alumnos. Para probar esos extremos basta con presentar el recibo de sueldo expedido por la entidad educativa?, asimismo me confunde el tipo de contratación, influye que la persona se encuentre o no en planta permanente o con el recibo expedido por el colegio basta?
Desde ya muchas gracias, estoy un poco perdido y como se trata de un amigo me gustaría darle una respuesta ajustada a la realidad.
guidorub10
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