Estimados: como ya había posteado (lo hago en nuevo post porq calculo q ya nadie leerá el anterior) , me levantaron un embargo sin la orden del juez y me dejaron sin honorarios. Una colega amiga me dijo q me fije en el CPCCBA q existe un art. q habla de incumplimiento y q, previo a iniciar acción contra la entidad bancaria, haga declarar el incumplimiento en el expediente de ejecución. Alguien sabe que art. es?? no lo encuentro, he leído jurisprudencia de nación y yo estoy en prov de Buenos Aires y en nuestro código no lo he podido encontrar (en el de Nación no lo busque). Desde ya gracias por la ayuda que siempre me brindan.
