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  • contesta planteo de caducidad

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 #964622  por tisio
 
Estimados

Disculpeme el atrevimiento, pero necesitaría una mano respecto a un tema de caducidad de instancia en un juzgado federal; el tema es que nunca me paso, me pidieron la caducidad de instancia de un expediente; en el mismo yo represento al actor en un daño y hay dos demandados; el tema es que uno de los demandados pidió la caducidad de instancia por inactividad, comento que estuve dando impulso fue al beneficio litigar sin gastos y no al principal, a fin de que mi representado no tenga que hacer erogaciones respecto a las futuras pruebas a llevar adelante. ahora bien en el expediente principal ya libraron la cedula de traslado por cinco días a fin de que me notifiquen el pedido de caducidad; pregunto que debería hacer, contestar el planteo argumentando actividad aunque sea en el beneficio. que me aconsejarías y abusando de su buena predisposición pediría un modelo:

muchas gracias.

pd: tambien uno de los demandados no dio me dio traslado de la contestacion de demanda eso tambien podria entrar, no?
 #964631  por abogado_1987
 
tisio escribió:Estimados

Disculpeme el atrevimiento, pero necesitaría una mano respecto a un tema de caducidad de instancia en un juzgado federal; el tema es que nunca me paso, me pidieron la caducidad de instancia de un expediente; en el mismo yo represento al actor en un daño y hay dos demandados; el tema es que uno de los demandados pidió la caducidad de instancia por inactividad, comento que estuve dando impulso fue al beneficio litigar sin gastos y no al principal, a fin de que mi representado no tenga que hacer erogaciones respecto a las futuras pruebas a llevar adelante. ahora bien en el expediente principal ya libraron la cedula de traslado por cinco días a fin de que me notifiquen el pedido de caducidad; pregunto que debería hacer, contestar el planteo argumentando actividad aunque sea en el beneficio. que me aconsejarías y abusando de su buena predisposición pediría un modelo:

muchas gracias.

pd: tambien uno de los demandados no dio me dio traslado de la contestacion de demanda eso tambien podria entrar, no?
tené presente que la carga de impulsar el proceso pesa sobre la parte la actora

No obstan a la declaración de caducidad de instancia el hecho de
que la notificación pendiente de la excepción opuesta respondiera
principalmente al interés de la contraparte, ya que ello no exime a
la actora de la carga de impulsar el procedimiento.
CAMARA NAC. DE APELACIONES EN LO CIVIL COMERCIAL FEDERAL. CAPITAL FEDERAL, CAPITAL FEDERAL. [Sumarios relacionados]
Sala 02 (GUILLERMO R. QUINTANA TERAN EDUARDO VOCOS CONESA MARINA MARIANI DE VIDAL)
GOMEZ, RAFAEL ALBERTO DE JESUS c/ MINISTERIO DEL INTERIOR s/ DAÑOS Y PERJUICIOS
INTERLOCUTORIO del 19 de Febrero de 1988
http://www.infojus.gov.ar/index.php?kk_ ... d=D0002474
 #964666  por tisio
 
Que pena, no se por donde atacar.

gracias abogados 1987

pregunto no tendras un modelo, no?


gracias
 #965252  por abogado_1987
 
tisio escribió:Que pena, no se por donde atacar.

gracias abogados 1987

pregunto no tendras un modelo, no?


gracias
¿ algún acto impulsor en el expte principal ?
 #965656  por tisio
 
si el beneficio litigar sin gastos tuvo siempre movimientos.
Estoy en buscan fallos que me respalden y voy a insistir con aplicación del criterio restrictivo para que se este en caso de duda, a favor de la continuidad del proceso, toda vez que es uno de los modos anormales de terminación del mismo.
Leí que el beneficio al ser realizado para que el justiciable no tenga que afrontar gastos que no puede; se lo tiene como impulsorio, toda vez que se puede demostrar que no hubo abandono de juicio. bueno, algo es algo.

gracias nuevamente.
 #1007852  por marialujanduarte
 
hola un caso por daños y perjuicios en provincia de buenos aires soy apoderada por la parte actora, la parte demanda solicito la caducidad de instancia, el expediente no tiene movimiento desde 31/5/2013 solo falta la pericia del medico y del perito mecanico este es el proveido:intímase a la parte actora para que dentro del plazo de cinco días manifieste su intención de continuar con la acción y produzca actividad procesal útil para la prosecución del trámite, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de lo dispuesto por el art. 315 del C.P.C.C., modificado por ley 13.986. Notifíquese.-
es la primera vez que me pasa, necesito algun modelo de escrito para contestar, tengo para producir actividad procesal los estudios que solicito el perito medico, adjuntarlos como prueba no?; (el perito los tenia dormidos en su consultorio y ante esto se los retire )
todavia no me llego la notificacion, pero la verdad que no me deja dormir este tema. por favor agradeceria que alguien me ayude por lo menos para encarar el escrito manifestando intencion de continuar. gracias
 #1008056  por abogado_1987
 
marialujanduarte escribió:hola un caso por daños y perjuicios en provincia de buenos aires soy apoderada por la parte actora, la parte demanda solicito la caducidad de instancia, el expediente no tiene movimiento desde 31/5/2013 solo falta la pericia del medico y del perito mecanico este es el proveido:intímase a la parte actora para que dentro del plazo de cinco días manifieste su intención de continuar con la acción y produzca actividad procesal útil para la prosecución del trámite, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de lo dispuesto por el art. 315 del C.P.C.C., modificado por ley 13.986. Notifíquese.-
es la primera vez que me pasa, necesito algun modelo de escrito para contestar, tengo para producir actividad procesal los estudios que solicito el perito medico, adjuntarlos como prueba no?; (el perito los tenia dormidos en su consultorio y ante esto se los retire )
todavia no me llego la notificacion, pero la verdad que no me deja dormir este tema. por favor agradeceria que alguien me ayude por lo menos para encarar el escrito manifestando intencion de continuar. gracias
quizás te pueda ser util ...

"///la Ciudad de Morón, Provincia de Buenos Aires, el 29 de Agosto de 2013, ... Puntualmente el artículo 315 de nuestro código de procedimiento bonaerense reza: "Sin perjuicio de los dispuesto en el artículo siguiente, la declaración de caducidad podrá ser solicitada por única vez en primera instancia, por el demandado (...) La petición deberá formularse antes de consentir el solicitante cualquier actuación del tribunal posterior al vencimiento del plazo legal y se substanciará previa intimación por única vez a las partes para, que en el término de cinco (5) días manifiesten su intención de continuar con la acción y produzcan la actividad procesal útil para la prosecución del trámite, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de decretarse la caducidad de instancia. En el supuesto de que la parte intimada activare el proceso ante solicitud de caducidad, y posteriormente a ello transcurra igual plazo sin actividad procesal útil de su parte, a solicitud de la contraria o de oficio se tendrá por decretada la caducidad de instancia".-
Asimismo, desde esta Sala hemos sostenido que si previo a notificarse a la parte la intimación cursada en los términos del art. 315 del CPCC, esta se presenta y produce actividad procesal útil, la intimación queda desvirtuada y no deviene aplicable la regla contemplada en la parte final del art. 315 del código de forma provincial, pues la parte -en aquel momento- no activa el proceso frente a la intimación sino previamente a que la misma se le notificara (causa nro. MO-33900-09 R.S. 210/13) ..."

“DE MASI CLAUDIO OMAR C/SOSA JUAN DOMINGO Y OT S/ DAÑOS Y PERJUICIOS-AUTOMOTOR CON LESIONES O MUERTE”
Causa Nº MO-13950-2008 R.S. /2013
 #1008977  por andresxeneizes
 
Disculpeme el atrevimiento, pero necesitaría una mano respecto a un tema de caducidad de instancia en un juzgado federal; el tema es que nunca me paso, me pidieron la caducidad de instancia de un expediente; en el mismo yo represento al actor en un daño y hay dos demandados; el tema es que uno de los demandados pidió la caducidad de instancia por inactividad, comento que estuve dando impulso fue al beneficio litigar sin gastos y no al principal, a fin de que mi representado no tenga que hacer erogaciones respecto a las futuras pruebas a llevar adelante. ahora bien en el expediente principal ya libraron la cedula de traslado por cinco días a fin de que me notifiquen el pedido de caducidad; pregunto que debería hacer, contestar el planteo argumentando actividad aunque sea en el beneficio. que me aconsejarías y abusando de su buena predisposición pediría un modelo:
si el beneficio se encuentra en tramite no tiene que hacer ninguna erogacion, ya que el mismo cuando se inicia se concede provisoriamente, hasta tanto salga la sentencia definitiva, es decir si en los oficios consignabas que tramitaba un beneficio de litigar sin gastos, ninguna entidad podria haberte cobrado tasa alguna