Colegas: presente un escrito de apelación y fundamente por el tema de la imposición de costas, en un juzgado federal de pcia. de Bs. As., el plazo es de 48 hs. de notificada la resolución. Ahora bien, me encuentro con que la apelación me la tienen por extemporánea por estar presentada dentro de las 72 hs. (incluso fuera del horario de las 2 primeras del tercer día) (lo cual me sorprendió) pero bueno hasta que no llegara al estudio no podía corroborarlo.
Y me encuentro con que en el cargo de apelación figura un día después, y en la copia estudio esta dentro de las 48 hs.....
Es decir la cédula la recibí (lo corrobore del expte. y en la que tengo en mi poder) el 26/11..ahora bien en la copia estudio figura como fecha colocada mediante sello, 28 de Noviembre de 2013 y obviamente el sello medalla. Y en el escrito de apelación en el expte. el cargo figura el 29/11 12:45 hs....
Incluso me fije y seguro q fui el 28 porque tengo otros escritos en otros juzgados del 28/11, y cuando procuro hago todos los juzgados donde tengo causas.-
LA PREGUNTA ES ME DARAN BOLILLA SI LO PELEO, COMO LO PLANTEO??
Y me encuentro con que en el cargo de apelación figura un día después, y en la copia estudio esta dentro de las 48 hs.....
Es decir la cédula la recibí (lo corrobore del expte. y en la que tengo en mi poder) el 26/11..ahora bien en la copia estudio figura como fecha colocada mediante sello, 28 de Noviembre de 2013 y obviamente el sello medalla. Y en el escrito de apelación en el expte. el cargo figura el 29/11 12:45 hs....
Incluso me fije y seguro q fui el 28 porque tengo otros escritos en otros juzgados del 28/11, y cuando procuro hago todos los juzgados donde tengo causas.-
LA PREGUNTA ES ME DARAN BOLILLA SI LO PELEO, COMO LO PLANTEO??

