Buenas, tengo un caso de un cliente que contrata vía mail con una persona en chaco para la elaboración de unos muebles a medida en algarrobo y luego de acordar todas las pautas mi cliente procede a realizar el depósito del 50% del valor total del trabajo, y bueno, pasaron un par de meses sin noticias del "carpintero", se les ocurre cómo justificar la competencia de la justicia rosarina a partir del CC ? Puesto que el cpcc santa fe no rige el caso, me quedaría buscar por el lado del cod civil, verdad? Disculpen la pregunta medio noob, pero bueno, supongo que todos pasamos por esto. Salu2
hola!!! te pregunto, se fijo un plazo para la entrega? sino se fijo, hay que fijarlo, intimarlo a la entrega mediante Carta Documento....
supongo que se trata de un comercio o empresa, que se dedica a eso, una especie de muebleria?? lo que yo haria, hacerlo pasar por ante defensa de consumidor. espero q te sirva!!
