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  • NEGATIVA DE TAREAS SIN INTIMACIÓN

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1022299  por crixus83
 
Estimados/as:

Mi cliente ha sido despedido verbalmente de su trabajo en el cual se desempeñó los últimos 23 años. Previo a consultarme, al día siguiente del mencionado despido verbal se presentó en su trabajo y tal como era de esperarse le negaron la entrada con lo cual él se dirige al correo a mandar el siguiente telegrama laboral: "Habiéndome presentado a trabajar el día de la fecha y ante la negativa de trabajo, solicito aclare situación laboral".
Transcurridos 5 días del envío, me consulta sobre su caso. No le contestaron el telegrama antedicho ni le enviaron el de despido.
Estaba en blanco pero según me informa, hace unos años lo "hicieron renunciar" para ser recontratado a nombre de otra empresa de similar nominación y cumpliendo las mismas funciones, obviamente que no se le mantuvo la antiguedad.
La pregunta sería: Conviene volver a intimar por negativa de tareas y por 24.013 por defectuosa registración bajo apercimiento de considerarse injuriado y despedido? O directamente darse por despedido? Pero al no existir apercibimiento de ley en el primer telegrama, tal vez no se configure el despido indirecto.. y por otro lado, volver a reiterar negativa de tareas no sé si será del todo acertado.

Desde ya agradezco su ayuda y sugerencias,
saludos a todos!
 #1022348  por andresxeneizes
 
Conviene volver a intimar por negativa de tareas y por 24.013 por defectuosa registración bajo apercimiento de considerarse injuriado y despedido, sino no podes aplicar las multas
 #1022360  por crixus83
 
Muchas gracias Andres por tu rta! Opino igual pero me generó una duda lo siguiente:

"hay una tendencia de la jurisprudencia que entiende que si en el mismo telegrama en que se invoca una negativa de trabajo, se hace la intimación por la ley 24.013, luego las multas que permite ésta norma, no serían procedentes. Eso porque el decreto reglamentario exige que la interpelación se haga encontrándose vigente la relación laboral y si existió una negativa de trabajo verbal ya no estaría en esa situación".

Obviamente es discutible..
 #1022417  por wooten
 
25323 sin dudas, tenés 23 años por el 245 si demostrás el fraude con la registración que se hizo a posteriori; es más fácil para el cálculo y-en mi parecer- a priori es más defendible.
 #1022526  por crixus83
 
Gracias dario y wooten! Por la 25323, evito la posibilidad de rechazo y sigue siendo una multa interesante. Sus sugerencias me han ayudado colegas!