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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1030456  por GUSTAVOALBV
 
Buenas noches, un cliente tiene entre abril 2011 y abril 2014 15 meses efectivamente de aportes...pero ya hace casi un año que esta con reserva de puesto por su enfermedad( art 211 LCT)... Tengo entendido por lo que estuve leyendo que si puedo usar la reserva de puesto para alcanzar la irregularidad con derecho.... estoy en lo cierto? alguien me puede decir la normativa donde sale?
muchísimas gracias...
 #1030468  por MARIO1943
 
13. Condición de AportanteConceptos ComputablesTrabajadores DependientesPara el caso de los Trabajadores Dependientes, serán computables a los efectos de la determinación de la calidad de aportante, todos aquellos períodos en los cuales se les hayan practicado las retenciones previsionales correspondientes, aún cuando los aportes no hayan abonado por razones no imputables al trabajador. Otros conceptos computables al efecto de acreditar la regularidad son:Conservación de empleo por enfermedad (Licencia Legal y Reserva de Puesto),Licencia por maternidad,Suspensión por falta o disminución del trabajo o por fuerza mayor,Seguro por Desempleo,Seguro de Formación y Capacitación.Hay otras situaciones que están contempladas por la Ley de Contrato de Trabajo pero que no son considerados para la regularidad:Licencia sin Goce de Sueldo,Licencia por Excedencia. 13
 #1030488  por GUSTAVOALBV
 
Muchas gracias Mario... me podrás decir de que ley, decreto o resolucion sale ese apartado 13 asi lo leo? Muchas gracias.
 #1030692  por zaffaroni
 
GUSTAVOALBV escribió:Muchas gracias Mario... me podrás decir de que ley, decreto o resolucion sale ese apartado 13 asi lo leo? Muchas gracias.
:lol: yo te ayudaria si no te hubieses hecho el kokorito en el otro post :lol: