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  • DIVORCIO. DEMANDADO PRESO

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1031137  por Lizzie
 
En un divorcio contradictorio debo notificar por cédula al demandado, que está preso, para que conteste demanda. Entiendo que a la misma la diligencia la Oficina de Mandamientos y Notificaciones correspondiente al distrito, no? muchas gracias.
 #1031141  por Tiburcio
 
Al domicilio del penal.
 #1031705  por Tiburcio
 
No entiendo bien la pregunta.
Si te referís a quien confecciona la cédula: quien tenga interés en hacerlo.
Si te referís a quién se la presenta al demandado: el oficial notificador, como en cualquier otro caso.
 #1031801  por DrSan
 
Estimado: No se diligencia cedula a un establecimiento penitenciario. se libra oficio al director del penal con copia de la demanda y documental.-
 #1031806  por Tiburcio
 
No se donde se aplica ese criterio. En el fuero civil de la ciudad de Buenos Aires se notifica como cualquier otra cédula.
 #1032970  por Lizzie
 
Gracias a ambos por responder. Cuando inicié la demanda pensé exactamente de la misma manera que Dr.San pero cuando vi el primer proveído me hallé con que debía notificar por cédula, de ahí mi inquietud. Se trata del penal de Florencio Varela, entonces correspondería diligenciarla hasta la oficina de mandamientos y notificaciones homónima? Nunca realicé este trámite antes y estoy un poco confundida. Muchas gracias. :roll:
 #1050092  por sashimiflor
 
hola! en este caso, un divorcio donde el demandado está preso, si se vence el plazo para contestar demanda se tiene que declarar la rebeldía, no? y con esto tengo una re duda hay alguna forma de declarar rebeldía sin necesidad de notificar?