Hola Colegas, quizá alguien me pueda dar una mano.
Saque sentencia en un juicio por accidente de transito, y aun no fue abonado porque la causa fue apelada. En este interin, mi cliente cedió en favor de un tercero el 100% del crédito por escritura publica onerosamente. Se presento el cesionario en el expediente y como el expediente no estaba en el tribunal, no le proveyeron el escrito haciendo saber de la cesion.
Hable con la compañía de seguros y me manifestaron que no habían sido notificados de ninguna cesion.-
Al hablar con mi cliente, este me manifestó que el no había firmado ningúna cesion y que no sabia que fue lo que le pudieron haber hecho firmar (cesionario un sobrino político).-
Se interpuso una denuncia penal contra su sobrino político y sabiendo que la causa penal puede quedar en nada, le hice hacer otra cesion en favor de un allegado a el, onerosa y la notificamos mediante carta documento.-
Mi pregunta es la siguiente?
A su parecer, que me conviene hacer?
Como consideran a la presentación judicial que hizo el primer cesionario con respecto a lo que establece el art 1461, ya que no le fue proveida y aun no pudo notificarla al deudor cedido._
A su vez y habiendo mandado el segundo cesionario carta documento y conforme lo normado 1467 del c.civ, ustedes consideran que va a prevalecer la segunda cesion de fecha posterior frente a la que se presento en el juicio y que al no estar el expediente, aun no fue incorporado el escrito materialmente en el mismo.-
Díganme que les parece y como me puedo defender, ya que tengo un pacto de cuota Litis, anterior a las cesiones y aun no hice nada al respecto, aunque estoy por solicitar un embargo preventivo del porcentaje que me fue reconocido por el cedente.-
Muchas gracias
Saque sentencia en un juicio por accidente de transito, y aun no fue abonado porque la causa fue apelada. En este interin, mi cliente cedió en favor de un tercero el 100% del crédito por escritura publica onerosamente. Se presento el cesionario en el expediente y como el expediente no estaba en el tribunal, no le proveyeron el escrito haciendo saber de la cesion.
Hable con la compañía de seguros y me manifestaron que no habían sido notificados de ninguna cesion.-
Al hablar con mi cliente, este me manifestó que el no había firmado ningúna cesion y que no sabia que fue lo que le pudieron haber hecho firmar (cesionario un sobrino político).-
Se interpuso una denuncia penal contra su sobrino político y sabiendo que la causa penal puede quedar en nada, le hice hacer otra cesion en favor de un allegado a el, onerosa y la notificamos mediante carta documento.-
Mi pregunta es la siguiente?
A su parecer, que me conviene hacer?
Como consideran a la presentación judicial que hizo el primer cesionario con respecto a lo que establece el art 1461, ya que no le fue proveida y aun no pudo notificarla al deudor cedido._
A su vez y habiendo mandado el segundo cesionario carta documento y conforme lo normado 1467 del c.civ, ustedes consideran que va a prevalecer la segunda cesion de fecha posterior frente a la que se presento en el juicio y que al no estar el expediente, aun no fue incorporado el escrito materialmente en el mismo.-
Díganme que les parece y como me puedo defender, ya que tengo un pacto de cuota Litis, anterior a las cesiones y aun no hice nada al respecto, aunque estoy por solicitar un embargo preventivo del porcentaje que me fue reconocido por el cedente.-
Muchas gracias
