COnsulta a los miembros: ¿Puede exigirse judicialmente el pago de valor llave de un comercio, siendo el accionante el proveedor del negocio y no exisitendo contrato de locación de fondo de comercio, ni ningún contrato que vincule al actor con el titular del comercio? El caso deviene del reclamo de el anterior titular del negocio (rubro verduleria) que pasó a ser proveedor del titular actual del negocio, éste último no ha celebrado ningún contrato con el anterior titular del negocio, sino que celebró un contrato de locación con un tercero para asentar el local en la ciudad. No existe otra relación comercial más que la de proveedor de mercaderías.