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  • INHABILITACION ART. 152 BIS INC 2

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1038125  por ges2006
 
Hola a todos:
Quería consultar sobre un caso que me llegó el año pasado y se va complicando.
Tengo un cliente a quien en el año 2009 lo inhabilitaron por el art. 152 bis inc.1 (alcoholismo).
Mi cliente en su momento realizó un tratamiento con internación durante dos años y está recuperado de su adicción, por lo cual mi intención era pedir su rehabilitación.
Sin embargo la hermana, quien en su momento pidió la inhabilitación, en el mes de diciembre dle año pasado solicitó que se lo citará por le cuerpo técnico de San Isidro.
La entrevista se hizo recien en el mes de marzo del corriente año, y el cuerpo técnico informo en el diagnósito que al momento de la entrevista presenta cuadro compatible con diagnostico de retraso mental leve asociado a trastornos de la personalidad. Se encuentra comprendido enel art. 152 bis.
Aun no le han corrido traslado a la curadora de dicho diagnostico.
Ahora una vez que corran traslado yo tengo que impugnar, de ser posible, ese diagnóstico?
El informe médico a presentar tiene que ser elaborado por un médico psiquiatra legista ?
Además necesito también un informe piscológico y de asistente social?
En caso de lograr un informe contradictorio al de cuerpo técnico debo pedir otra evalución, junta médica?
Si alguien me puede orientar se lo agredecería.
Gracias
Saludos
Gabriela
 #1038164  por Tiburcio
 
Cuando le den traslado tu cliente puede impugnar la pericia, acompañando un informe de médico psiquiatra. Conviene pedir o tener realizado también en forma interdisciplinaria un informe de asistente social.
Antes de patrocinarlo asegurate personalmente de que estás de acuerdo en que no necesita protección legal y evaluá pros y contras de la rehabilitación, ya que suele ser una decisión difícil.
 #1038471  por ges2006
 
Hola Tiburcio
Mil gracias por la contestación.
Te hago una pregunta a que te referis con que si no necesita protección legal y los pros y contra de la rehabilitación? Por si necesita internación?
Por otro lado el informe interdisciplinario con asistente social, con quien lo puedo hacer?
Hay algún lugar que lo haga? La prepaga lo hace? Por que mi cliente tiene Omint.
Perdoname que te pregunte pero realmente es la primera inhabilitación que tengo y lo tomé mas que nada por compromiso por ser alguien que está relacionado con mi vínculo familiar y ahora no se por donde arrancar.
Te agradezco de nuevo
saludos
Gabriela
 #1038606  por Tiburcio
 
Digo porque cada situación tiene ventajas y desventajas. En el caso de la inhabilitación la desventaja es tener que consultar con el curador los actos de disposición, pero en general se puede seguir administrando normalmente sin problemas. La ventaja es que en ocasiones ayuda para favorecer jubilaciones y en general cuestiones relacionadas con la asistencia social.
En cuanto a tu convicción personal, es solamente para que no quedes pedaleando en el aire, porque quienes han tenido un pasado de adicción a sustancias tienen en general consecuencias neuronales irreversibles. El hecho de que "estén bien" no significa "igual que si no hubiesen sido adictos".
El resto de las sugerencias es para darle mas vigor a la impugnación de la pericia.
Nada tiene que ver esto con ninguna internación, ya que la limitación de la capacidad no tiene relación con la internación, que es una decisión médica que puede ser necesaria con o sin declaración de incapacidad.