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  • COLEGA SE OLVIDO DE APLICAR LA NUEVA LEY DE RIESGO DE TRABAJ

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
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 #1040127  por 475
 
Colegas me vino a ver una clienta que ya tiene iniciado un juicio por accidente de trabajo en los T.T de Lp por otro abogado, me comenta que le ofrecen un arreglo con la ART por un monto muy bajo siendo q le habian dado una incapacidad cerca del 20%, ante esto le dije que primer lugar queria tomar vista del expediente y OHH SORPRESA, me encontré que el colega se habia "olvidado" de solicitar q se aplique la Nueva ley de riesgo de Trabajo que incrementa los montos con la aplicacion del Ripte. Margen aparte tmb el colega practico la liquidacion conforme al salario Netooo en vez de hacerlo por eL brutoo!!!!!! Claro, se comió estos dos pequeño detalle, por eso tan bajo el ofrecimiento del acuerdo...ahora bien, ante esto la clienta le renuncio al patrocinio y me designa a mi como nuevo letrado..LA PREGUNTA ES...¿Aunque en la demanda no se haya pedido la aplicación de la nueva Ley que les parece si prepararo un escrito bien armadito solicitando que se aplique esta ley haciendo referencia entre otras cositas al principio progresista y protectorio del trabajador? Caminara?...La cagada se la mando el colega anterior lo cual el cliente ya lo sabe, ahora si esta me llega a salir quedo como un Rey!!!
Aclaro que el accidente de trabajo de de Agosto de 2013, por ende posterior a la sancion de la Nueva Ley de Riesgo de Trabajo!!!..

Espero sus respuestas. Muchas Graciasss
 #1040138  por IVANNAOC
 
Hola, no creo que habria problema, pero igual fijate si en el escrito de demanda el colega que se olvido puso que funda la accion en las normas tal y tal.. y en toda otra norma que sea aplicable ...etc etc.. Presenta un escrito y pedilo haciendo alusion al art 1 de la 26773, y reliquida por error matematico involuntario, bla bla bla, para salvar el error de tomar en la liquidacion el neto y no el bruto.
 #1040228  por marinero2020
 
Coincido con la colega y veria de solicitar la inconstitucionalidad del articulo del decreto reglamentario de la ley 26773, en cuanto se refiere a la aplicacion del RIPTE solamente a aquellos casos en que la incapacidad sea superior al 50% de la T.O.
 #1040333  por 475
 
Perfecto colegas..Ahora, Marinero 2020..vos decís que ademas pida la inconstitucionalidad de los art 2 y 17 del decreto reglamentario?? Osea mi temor es que estoy solicitando muchas cosas en un estado del proceso muy avanzado (a prueba), es decir estaría pidiendo aplicación de la 26773, la inconstitucionalidad del decreto reglamentario y haciendo una reliquidacion!!! Temo que al pedir muchas cosas a esta altura del proceso me lo rechacen, tal vez prefiero que me hagan lugar a la aplicacion de la 26.773 y con respecto a la reliquidacion no decir nada ya que aun falta la pericia contable, en donde estimo que el perito va a liquidar conforme al salario bruto y va a remediar el yerro del anterior colega!!! No se que opinan ustedes..los escucho!!!
 #1040492  por marinero2020
 
Estimado creo que tenes razon, el perito contador subsanara el error, de echo siempre se coloca el rubro liquidacion para evitar la excepcion de defecto legal.
con respecto a la ley 26773 en el estado procesal en que se encuentra para no embarrarla mucho pediria solamente la aplicacion de la ley 26.773 sin el decreto y ver que responde la otra parte.
slds
 #1040625  por DRA. MACA
 
marinero2020 escribió:Coincido con la colega y veria de solicitar la inconstitucionalidad del articulo del decreto reglamentario de la ley 26773, en cuanto se refiere a la aplicacion del RIPTE solamente a aquellos casos en que la incapacidad sea superior al 50% de la T.O.
No creo necesario pedir la inconstitucionalidad, por el art. 8 de la 26.773, que incluye la actualización de todos los importes.