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  • Como procedo ante accidente laboral?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1041594  por DRJOTA
 
Que tal colegas?.

Les hago una consulta ya que no suelo hacer laboral.

Un trabajador se accidento en su empleo. Como consecuencia del accidento sufrio la rotura de los ligamentos de su pierna izquierda, por lo que debio ser operado. Actualmente se encuentra realizando la rehabilitacion. Destaco que le efectuaron un corte en su rodilla (ademas del de la zona efectivamente operada) por error!!, con lo cual en su rodilla le quedaron dos hermosas cicatrices!!.

Como deberia proceder: Esperar que se rehabilite hacerlo ver por un medico legista y pedir seclo directo contra la ART. O esperar que la ART fije junta medica y seguir el procedimiento previsto por la LRT??.

Aguardo su colaboracion!!!. Gracias.
 #1041610  por adessoma
 
Todo eso que decís podés hacerlo sin esperar a que la ART le fije una junta médica.
El accidente de trabajo ocurrió por algún defecto en la maquinaria o bienes de uso cotidiano de propiedad del empleador?
 #1042189  por DRJOTA
 
Hola!, gracias por tu respuesta!!.

El trabajador se accidentó al caerse cuando trasladaba unos materiales en su lugar de trabajo.

Como crees mas conveniente proceder?. Contra e empleador no sería viable accionar, no?.
 #1042230  por vendaball
 
Buenas, mirá yo esperaría que se rehabilite a fin de tener certeza del grado de incapacidad resultante. Luego lo haría ver por un médico legista particular.
En cuanto a si podes ir contra el Empleador, la respuesta es SI , la nueva ley te habilita expesamente para accionar contra el empleador, Saludos
 #1042258  por DRJOTA
 
Gracias por tu respuesta!!.

Y luego de que lo examine el médico legista que resulta más conveniente pedir Seclo directo o someterse al proceso q establece la LRT??.
 #1042289  por adessoma
 
DRJOTA: Podría accionar por la vía civil contra el empleador, pero tendrías que acreditar la responsabilidad, sin mencionar el hecho de que muy probablemente lo despidan. Aunque tu cliente se lleve menos plata, quizás, deberías considerar la vía especial. Hacelo ver por un perito médico legista y un psicólogo.
Saludos.
 #1042752  por DRJOTA
 
Gracias por tu respuesta!!.

Creo que seria complicado acreditar la responsabilidad del empleador porque el trabajador se cayo en su lugar de trabajo pero, en mi opinion, no por algo que resulte imputable a aquel.

Como crees que podria acreditar la responsabilidad del empleador??.

Muchas gracias por tu colaboracion!!
 #1042758  por adessoma
 
Podrías acreditarla, por ejemplo, si estaba mojado el piso, si no había carteles indicativos de que el piso estaba intransitable, etc.
Lo más frecuente es por falta de observación de las normas de seguridad e higiene.
 #1042759  por DRJOTA
 
Gracias una vez mas!!.

Lamentablemente nada de eso ocurrio. El trabajador cayo pero el piso no estaba mojado, simplemente cayo por error de el (segun su relato).

Una consulta mas: Me tengo que someter al proceso previsto por la LRT o puedo directamente solicitar seclo sin que el trabajador siga el procedimiento previsto por la ley de riesgo??.Q seria mas conveniente??.

Muchas gracias!!
 #1042777  por adessoma
 
Por supuesto que podés pedir el Seclo y meter la demanda sin transitar por las CM.
 #1043281  por marinero2020
 
Si accionas por la via civil contra el empleador no vas a cobrar hasta la sentencia definitiva.
menos si es como dice el trabajador "simplemente cayo por error de el (segun su relato)."

Creo que es conveniente ir a las comisiones medicas, que firme en disconformidad el grado de incapacidad que le den.
Luego que el trabajador cobre de la ART y por ultimo ver a un medico legista ver cuantos puntos de incapacidad le dan.
es muy probable que la ART le paguen sin el RIPTE con lo cual podes reclamar en sede laboral, algunos puntos de mas de incapacidad mas la aplicacion del RIPTE. slds