Hola a todos, mi duda es la siguiente, en una causa de Daños y Perjuicios, que tramita en Capital, yo voy por la parte Demandada, en primera instancia gané. Por supuesto que la parte Actora presentó en tiempo y forma el escrito solicitando se conceda el Recurso de Apelación, el Juez ordena que previo elevarse los autos se debe notificar a todos los Abogados intervinientes en la causa, como así también a los Peritos, sobre la Regulación de Honorarios, ya todas las Cédulas están agregadas y han sido todos debidamente notificados. Ahora mi duda, porque es la primera vez que me toca litigar en una causa así, ¿Cómo sigue el procedimiento? ¿A qué tengo que estar atenta yo para por ej. alegar que la parte Actora no mueve el expediente y pierda el derecho a apelar? ¿Cómo es la forma que me notifican? ... Si alguien me puede brindar un modelo de escrito de los que puedo llegar a necesitar en segunda instancia se los re agradezco... Les pido si me pueden ayudar porque si bien el Código Procesal explica este Recurso, el tema mio es la práctica... Gracias...
