Buenas tardes colegas. El tema que se me presenta es asi: Tengo un caso de un cliente que en carácter de actor tiene 3 juicios ejecutivos sobre el mismo inmueble, mismo demandado; uno civil (ejecución hipotecaria) y los otros dos comerciales: en el civil hace poco se realizó la subasta del inmueble en cuestión. Ahora, según el CPCCN hay que presentar liquidación para cobrar lo depositado, y la duda que tengo es acerca de la notificación entre los tres juzgados, si primero se debe presentar la liquidación en el civil y luego notificar a los comerciales, si hay que oficiar, y en tal caso, quien es el emisor de dicho oficio...en fin, hace poco que ejerzo y obviamente nunca llegué a esta instancia de concluir un ejecutivo, y quisiera saber que debo presentar para retirar los fondos. Muchas gracias. Espero haber sido claro.
rickda7 escribió:Buenas tardes colegas. El tema que se me presenta es asi: Tengo un caso de un cliente que en carácter de actor tiene 3 juicios ejecutivos sobre el mismo inmueble, mismo demandado; uno civil (ejecución hipotecaria) y los otros dos comerciales: en el civil hace poco se realizó la subasta del inmueble en cuestión. Ahora, según el CPCCN hay que presentar liquidación para cobrar lo depositado, y la duda que tengo es acerca de la notificación entre los tres juzgados, si primero se debe presentar la liquidación en el civil y luego notificar a los comerciales, si hay que oficiar, y en tal caso, quien es el emisor de dicho oficio...en fin, hace poco que ejerzo y obviamente nunca llegué a esta instancia de concluir un ejecutivo, y quisiera saber que debo presentar para retirar los fondos. Muchas gracias. Espero haber sido claro.interpreto que en la ejecucición hipotecaria practicaría liquidación de capital, intereses y costas,
con posterioridad y en el supuesto de existir un saldo remanente y de tener sentencias ejecutables en los comerciales
trabaría embargo sobre ese saldo (ofico del juzgado comercial al civil) ...

