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  • LEGITIMACIÓN ACTIVA CONTRA PRESCRIPCION EN HERENCIA FUTURA

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 #1048809  por palo2006
 
Necesito saber el tema de la legitimación activa vs PRESCRIPCIÓN DE DOS AÑOS.
Padre vende bien propio y lo inscribe a nombre de uno de los dos hermanos (ya que el otro estaba separado de hecho -este es mi cliente-). El padre lo hace para que no caiga el bien en manos de acreedores.
madre fallece y se inicia su sucesión, entonces se intima a hermano y padre a acompañar escritura de ese bien (al sólo efecto de tomar conocimiento de la actitud que tendrán en el futuro, ya que ese bien jamás entraría en la suce de la madre). Por supuesto contestan que no integra el acervo porque es bien del hermano.
Entonces, en pcipio legitimación activa para la acción de simulación aun no tengo porque el causante no falleció, pero, que pasa con la prescripción????
Que opinan colegas
 #1048830  por legalescom
 
Como lo dijiste, intervenís por el hermano separado de hecho, y que no figura como titular del bien, que antes era del padre. El bien propiodel padre y sus avatares, no entra en la sucesión de su esposa. Por ahora, no corresponde ningún tipo de intimación. El día que fallezca el padre, corresponderá traer a la sucesión, como colación, la donación o venta simulada, del bien que fuera del padre. La prescripción, de diez años, empezará a correr a partir de su fallecimiento, no antes.
 #1048991  por legalescom
 
No se trata de un acto simulado, sino de las figuras de la reducción o colación, que por ser ambas, acciones personales, prescriben a los 10 años, en los términos del art. 4023 del Código Civil. Es más, Vélez en nota a éste dice: "prescribe por diez años... el derecho para pedir la legítima que corresponde por la ley...".
 #1049356  por palo2006
 
Tengo entendido que las acciones de colación y reducción, recién las podría aplicar cuando demuestre el acto simulado, o sea, que el hermano no tenía capacidad económica para adquirir el bien y que el dinero fue producto de una venta anterior del padre. entonces, sigo teniendo los 2 años de prescripción de la simulación y una vez dictada sentencia a favor de mi cliente, comenzarían a correr los 10 años para colacionar ya que los mismos se habrían interrumpido con el incio de la simulación. Que opinás?