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  • Problema sucesorio - cobro alquileres

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 #1058406  por Lemon
 
Hola muchachos, vengo con una consulta a ver si me pueden orientar un poco para que lado ir.

El tema es el siguiente, una sucesion con 3 herederos, 1 de esos herederos esta manejando una serie de inmuebles que eran de propiedad del causante, mi pregunta es la siguiente, recien ahora quieren empezar con los tramites, estamos arrancando el tema y declarando esos bienes en la sucesion, el causante fallecio hace años, ahora mi tema es que este heredero hace años viene cobrando unos alquileres altisimos por esos inmuebles sin compartir nada con los otros herederos, fraudulentamente ocultando informacion, no muestra los contratos, etc.

Vamos a hacer mandamientos de constatacion para ver quienes estan, cuanto pagan, etc. de aca en adelante tenemos el camino bastante claro porque ya fuimos consiguiendo informes de dominio, escrituras, etc.

Pero mi pregunta viene a lo siguiente, hay posibilidades de reclamar el cobro retroactivo de lo que cobro ese heredero y no compartio con los demas?... estamos hablando de mas de 10 años de manejo de esos inmuebles. Yo por logica legal pienso que si, pero no tengo muy claro el tema.

Los otros herederos vivian en el exterior hasta hace poco por eso nunca iniciaron nada.

Bueno, cualquier consejo, sugerencia que me puedan dar se los agradezco mucho!...

Saludos!
 #1058512  por abogado_1987
 
Lemon escribió:Hola muchachos, vengo con una consulta a ver si me pueden orientar un poco para que lado ir.

El tema es el siguiente, una sucesion con 3 herederos, 1 de esos herederos esta manejando una serie de inmuebles que eran de propiedad del causante, mi pregunta es la siguiente, recien ahora quieren empezar con los tramites, estamos arrancando el tema y declarando esos bienes en la sucesion, el causante fallecio hace años, ahora mi tema es que este heredero hace años viene cobrando unos alquileres altisimos por esos inmuebles sin compartir nada con los otros herederos, fraudulentamente ocultando informacion, no muestra los contratos, etc.

Vamos a hacer mandamientos de constatacion para ver quienes estan, cuanto pagan, etc. de aca en adelante tenemos el camino bastante claro porque ya fuimos consiguiendo informes de dominio, escrituras, etc.

Pero mi pregunta viene a lo siguiente, hay posibilidades de reclamar el cobro retroactivo de lo que cobro ese heredero y no compartio con los demas?... estamos hablando de mas de 10 años de manejo de esos inmuebles. Yo por logica legal pienso que si, pero no tengo muy claro el tema.

Los otros herederos vivian en el exterior hasta hace poco por eso nunca iniciaron nada.

Bueno, cualquier consejo, sugerencia que me puedan dar se los agradezco mucho!...

Saludos!
“… la juez de grado expuso -con acierto- que es criterio jurisprudencial mayoritario que el condómino que toleró que el otro usara la cosa, no tiene derecho a exigir el alquiler, en tanto no haya manifestado su oposición al uso exclusivo de la misma, o no haya reclamado una indemnización por dicho uso exclusivo, por cuanto el silencio o inactividad importa conformidad con la situación de hecho existente, lo que coincide con la postura de este tribunal (R. 213.395 del 4/7/00) …”


“… el condómino que toleró que el otro usara de la cosa, no tiene derecho a exigir el alquiler, en tanto no haya
manifestado su oposición al uso exclusivo de la misma, o no haya reclamado una indemnización por dicho uso
exclusivo, por cuanto el silencio o inactividad importa conformidad con la situación de hecho existente (ver
Borda “Tratado de Derecho Civil-Derechos Reales“, Tomo 1, pag. 470 y siguientes; Llambías “Código Civil
Anotado“, Tomo IV-A, pag. 520 y fallos allí citados, C.N. Civ., Sala D 12/7/96, Lexis 10/3088, entre muchos
otros) … “

 #1058527  por legalescom
 
Creo que, el preopinante, incurre en dos errores, y que serían:

1) el considerar a los coherederos, como condóminos, ya que si, en algunas cuestiones, se les aplican a los primeros, las normas relativas a los segundos, no son lo mismo.
2) el que ocupar el inmueble, por un heredero, en su beneficio exclusivo, sea igual que arrendarlo a terceros.

Al respecto la Dra. Graciela Medina ha dicho:

"Mandato tácito
Si los restantes herederos consienten que uno de los herederos administre la herencia estamos en presencia
de un mandato tácito (art. 1874 del Código Civil). (20)
Para que se dé el mandato tácito, no bastaría empero, con el conocimiento de los restantes herederos y la no
oposición, ya que se requiere también la celebración del contrato. Este se entiende celebrado siempre que exista
un "silencio circunstanciado" siendo de aplicación lo dispuesto por el art. 918 para la expresión tácita en
general. (21)
Jurisprudencialmente se ha sostenido que "El administrador sucesorio de hecho con mandato tácito, esto es
aquél que antes de la apertura del proceso sucesorio realiza actos de conservación o administración del
patrimonio con consentimiento de los demás, se encuentra obligado a rendir cuentas de su gestión,
independientemente de su carácter de heredero".
El administrador sucesorio de hecho es aquel heredero que, antes de la apertura del proceso sucesorio, sin
mandato de sus coherederos se encarga de realizar actos de conservación o de administración del patrimonio y
corresponde distinguir dos supuestos: uno es cuando los restantes cotitulares de la herencia tengan conocimiento
de dicho proceder y lo consientan en cuyo caso existe un mandato tácito, y dos, cuando los restantes herederos
ignoran la gestión y aplican las normas del gestor de negocios.
Gestor de negocio:
Si los restantes herederos ignoran las gestión realizada por el administrador se aplican las normas del gestor
de negocio (art. 2288 y conc. del C. C. (24) Y en consecuencia, si el negocio fuera bien administrado por
ejemplo, si estipulara un arrendamiento ventajoso, los demás indivisarios tendrían que cumplir el contrato."

Por lo tanto, cabría una acción por rendición de cuenta que, prescribiría a los 10 años (art. 4023)
 #1060509  por Lemon
 
Muchas gracias por las respuestas.... muy utiles ambas respuestas.

Les cuento que en este caso, no habria un consentimiento de los demas herederos e incluso se enviaron CDs al heredero que de hecho esta manejando esos alquileres reclamando.

Incluso se intimo al heredero en la sucesion a denunciar los bienes que esta manejando y no ha presentado absolutamente nada.

Voy a traer esos inmuebles a la sucesion y a pedir medidas para que se presenten los contratos de locacion que tiene con los inquilinos, aunque veo medio complicado que los presente.

Tambien pense en una denuncia penal, pero no profundice en el tema como tenerlo bien claro si es viable.

Muchas gracias colegas! les voy a ir contando como viene la mano.

Saludos!