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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1060561  por marianela677
 
Que tal como les va..
Debo iniciar una pensión derivada.. Una señora casada pero separada de hecho con el causante jubilado...
Hace mucho que no inicio alguna como esta y me surgen hoy en día preguntas:
1-Hay dos beneficiarias: la cónyuge y la hija.. cuando saco el turno debo sacarle como beneficiaria a la sra. nomas.. porque no me sale opción para otro beneficiario para agregarla a la hija...
2- debo acreditar antes el matrimonio y el hecho de que estaban separados de hecho pero por culpa del causante??.. porque obviamente el certificado de defunción tiene domicilio distinto al de dni de la sra..
3- hay otro hijo del causante que nose si ya hizo el pedido de la pensión.. yo con respecto a eso debo manifestar o hacer algo??
GRACIAS!
 #1060577  por zaffaroni
 
las preguntas que hace denotan cero conocimiento en la materia asi que le recomiendo ponerse a estudiar *leo* *leo* o bien derivar el caso de un abogado especializado
 #1061022  por lgaray
 
marianela677 escribió:Que tal como les va..
Debo iniciar una pensión derivada.. Una señora casada pero separada de hecho con el causante jubilado...
Hace mucho que no inicio alguna como esta y me surgen hoy en día preguntas:
1-Hay dos beneficiarias: la cónyuge y la hija.. cuando saco el turno debo sacarle como beneficiaria a la sra. nomas.. porque no me sale opción para otro beneficiario para agregarla a la hija...
2- debo acreditar antes el matrimonio y el hecho de que estaban separados de hecho pero por culpa del causante??.. porque obviamente el certificado de defunción tiene domicilio distinto al de dni de la sra..
3- hay otro hijo del causante que nose si ya hizo el pedido de la pensión.. yo con respecto a eso debo manifestar o hacer algo??
GRACIAS!
Primero tenes que hacer el ADP llevando toda la documentacion de la Sra. y de la hija.- Fijate en los requisitos para las separadas de hecho.
El turno lo pedis a nombre de la Sra., en el formulario declaràs a la hija.
Con lo del otro hijo, nada. Si ya presento la solicitud, te lo van a tomar como una inclusion y recalcularan la pension, El 50 % para la esposa, el 20 % para cada hijo. (si es que no hay concubina y finalmente le dan derecho a la esposa separada de hecho) Son dos grupos familiares, son dos tramites por separado.
 #1061688  por zaffaroni
 
marianela677 escribió:Gracias Igaray!
de estudiar *leo* *leo* ni hablar no :?:
 #1064059  por marianela677
 
Igaray: el 15 tengo turno para registracion del poder.. ahi voy hacer también el ADP de todo.
La duda que me surge es que como la Sra. estuvo separada de hecho ya hace como 10 años.. si tengo que presentar testigos(como se hace en la convivencia) o algún requisito esta pidiendo ANSES ahora..
Yo hace unos años hice una pensión de una cónyuge separada y me dieron mil vueltas.. yo explique los motivos de los domicilios separados y al final se la concedieron.
Como en este caso va a pasar lo mismo, y según estuve leyendo, la señora tendría que manifestar que estuvo separada de hecho por culpa del causante, pero nose si eso lo hago cuando ya presento la pensión o antes..
GRACIAS POR TU AYUDA.-