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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1064529  por abogadafss
 
Tengo que iniciar una demanda de reajuste, pero mi cliente no puede ir a hacerme el poder ya que esta muy enfermo...
Puedo iniciar como patrocinante?? una colega me dijo que hay un acta de la CFSS que establece que tiene que ser por apoderado...esta en lo cierto?

Muchas Gracias!
 #1064563  por abogadafss
 
Muchas gracias!!! Se me estaba por vencer el plazo...mil gracias ya se la llevo para que me la firme.

Me parecía raro...pero me entro la duda ya que es el primero que presento con mi firma y sin poder...mil mil gracias!!!
 #1064963  por noelin
 
TAMBIEN EL CODIGO PREVE INICIARLA X URGENCIA COMO GESTOR DE NEGOCIOS Y 60 DIAS PAR ACREDITAR EL PODER.
EN CTO AL PODER, PUEDE UN ESCRIBANO, JUEZ DE PAZ TRASLADARSE AL DOMICILIO A RECBAR EL PODER, Y TAMBIEN PODRIA HACERLO EL DIRECTOR DEL NOSOCOMIO
 #1064964  por noelin
 
MIRA EL ART 48 DEL C.P.C Y C.DE LA NACION