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  • Despido con causa durante vacaciones.

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1084315  por Romitesta
 
Buenas tardes.
Les comento el siguiente caso para ver que opinan.

Un trabajador gozando de sus vacaciones, su padre le comunica que había llegado a su domicilio un telegrama de su empleador despidièndolo con causa, obviamente no real, imputando incumplimiento del deber de diligencia, obedencia y buena fe (no envio a un centro de internaciòn una complemento alimentario especial porque esa mercaderia no habia llegado al momento de salir el reparto al deposito del cual es encargado y desde donde se distribuyen , siendo que informo esta situaciòn según procedimiento habitual).

Pensaba que envie el telegrama rechazando la causa de despido invocada e intimar el pago de lal liquidacion por despido arbitrario sin causa en clara violación al pcippio art. 63 LCT (por notificarlo en pleno uso de su licencia ordinaria).

¿Les parece acertado encararlo de esa manera?.
 #1084374  por Martincho7
 
Hola Romina,
Esta bien, pero es solo de uno de los argumentos pera rechazar la causa y considerar el despido como arbitrario.
Tenes que rechazar la CD y la causa invocada, explicar como realmente se produjeron los hechos. Injuriate ademas porque no te escucharon ni te dieron posibilidad de defensa.
Por todo eso lo consideras un despido arbitrario dispuesto por el empleador sin justa causa. Intimalo plazo 4 dias pago de indemnizaciones 245, preaviso, Sac, vacaciones, creditos salariales impagos, bajo apercibiemiento de accionar y hacerte acreedor de multa Art 1 25323.
IMPORTANTE: fijate si no hay nada en negro? O algun incumplimiento registral para pedir tambien Art 2 25323.
Saludos,
Martin
 #1084421  por Romitesta
 
Finalmente confeccione la respuesta de esta manera. Espero que sea de utilidad para quien tenga un caso similar.

Rechazo carta documento CD Nº …………….. por falsa, maliciosa e improcedente y rechazo la causa de despido invocada en la misma dado que jamás existió la falta mencionada por lo tanto rechazo el despido fundado en dicha causal en virtud de que se trata de un ardid para sustraerse del pago de las indemnizaciones legales por despido incausado agravada tal situación por emitir su misiva mientras me encontraba en pleno uso de la licencia ordinaria de vacaciones.
La acusación que me imputan es totalmente falsa e infundada, toda vez que el día viernes 23/01/2015 NO se despacharon las 2 cajas x 5 sachet de surtan 500 ml (alimentación enteral) por NO contar con dicho producto en el depósito al momento de enviar la mercadería solicitada hacia ambas sedes (central y anexo) siendo que la camioneta que debía transportar la misma, llega a cargar mercadería al deposito del cual soy encargado en forma normal y habitual los días martes y viernes a las 10.00 hs. A.M. y se retira luego de cargar la mercadería solicitada por ambas sedes 11.00 hs. A.M. aproximadamente. Ante la falta del producto en cuestión se aclaró en la planilla del NO envío del ítem ya que el procedimiento normal y habitual establecía que cuando no se contaba con algún ítem (mercadería), sea cual fuere, se debía aclarar con una línea en la planilla de pedidos. Luego la persona que solicitaba el producto (en el caso de descartables médicos y alimentación enteral la responsable es la Sra. .....) debía controlar y hacer el respectivo reclamo al proveedor y resolver la situación enviando un flete especial al proveedor ó al depósito del cual era encargado si es que la mercadería necesitada se encontraba allí.
En el caso en cuestión, la camioneta de reparto se retiro del deposito...... a las 11.00 hs. A.M. aproximadamente y la2 cajas x 5 sachet de surtan 500 ml (alimentación enteral) fueron recepcionadas en el mismo a las 12.15 hs. P.M.. Prueba de ello es el remito emitido por .........(promovedor del producto en conflicto) Nº 0014R donde se puede apreciar que la mercadería fue recibida a las 12:15 hs del día viernes 23/01/2015 (posterior a la salida de la camioneta). Cumpliendo el procedimiento notifique tal situación a las 13:07:58 vía Skype a la Sra. .............del Sector Compras quien a las 13:29:23 dio su Ok. a mi informe.
Lo normal y habitual es que cuando la mercadería es necesaria urgentemente, corresponde a la Sra. ............ comunicarse al deposito ............ vía telefónica y enviar un flete especial para transportar la misma, en este caso no sucedió. La Sra. .......... efectuó el reclamo al depósito el día lunes 26/01/2015 por lo que es notorio que no existía el carácter de URGENTE en relación a la mercadería en cuestión, sin perjuicio que cumplí con los recaudos establecidos en el procedimiento normal y habitual. No omití entregar, remitir e informar como falsamente aduce en su misiva cumpliendo siempre mis tareas con diligencia, obediencia y buena fe.
Por todo lo expuesto me considero gravemente injuriado, agravada tal situación por notificarme en pleno uso de mi licencia ordinaria por vacaciones, afectando mi derecho de defensa y de ser escuchado, siendo su conducta claramente en violación al principio laboral dispuesto por el Art. 63 de la Ley de Ctto. de Trabajo, considerando su despido arbitrario sin justa causa. Asimismo manifiesto que su conducta condice con el hostigamiento que recibí en el mes de Noviembre del año 2014 por parte del Sr……….. y la Sra. ..........(Jefa de Recursos Humanos) para que renuncie al plus adicional que percibía como supervisor cambiando mi categoría a medio oficial, como así también el Sr……. De Recursos Humanos se negaba a entregarme la notificación del período de vacaciones firmado y sellado como corresponde aduciendo que no tenia tinta para sellar la misma.
Por lo tanto, intimo plazo de 4 días hábiles de recibida la presente haga efectivo el pago de indemnización por despido incausado: antigüedad, sac antigüedad, preaviso, SAC sobre preaviso, integración del mes de despido y su SAC, salario devengado hasta el día de la fecha y su SAC, SAC proporcional del semestre en curso, diferencias salariales y créditos laborales impagos, todo bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales pertinentes para perseguir su cobro y además reclamar la sanción prevista en el Art. 1 Ley 25323 y Art. 9 ley 25013 como consecuencia de su conducta temeraria.
Asimismo intimo plazo dos días hábiles de transcurridos los 30 días previstos por el decreto 146/01 entregue certificado de aportes y contribuciones a los organismos de la seguridad social, bajo apercibimiento de lo previsto en el Art. 80 LCT y Art. 45 Ley 25345.

Queda Usted (es) debidamente notificados.
Reservo derechos.