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 #104476  por eada
 
Hola: Quisiera ayuda para saber cómo proceder ante el pedido de un cliente que desea denunciar amenazas telefónicas. Es en Capital. Debo acompañarlo a la Fiscalía. Dónde queda?. Hay que llevar un escrito ? En ese caso qué tipo de escrito. Existen en el Foro modelos de ese tipo de escritos? Cuál es el artículo del C.Penal que contempla la amenaza telefónica? Muchas Gracias.
 #104483  por usuario
 
Que haga la denuncia ante la Cámara Penal.
El delito es de amenazas o coacción, tal vez. No importa por que medios.
Lee el C. penal
Después, cuando lo citen acompañalo a ratificar y alli podes presentar un escrito.
Pero si no haces penal te recomiendo que lo derives.
Yo no iría a un traumatólogo para que me atienda una dolencia cardíaca.
Tu cliente no sabe que vos "ni idea del tema", pero vos SI.
 #104516  por Pandilla
 
Hola eada, por el lado de los modelos de escrito, en el Foro Jovenes Abogados, ( ubicado en el Portal ), hay un Post denominado Modelos , ahí podes consultar.
Ahora, en cuanto a la ejecución de la Acción, tenes que darle una vista al Código Penal y al Código Procesal Penal que corresponda, ( te digo, para algunos tipos penales, rige el CPP de la CABA y para otros tipos penales rige el CPP Nacional ). En cuanto a llevar la causa, y sino tenes experiencia, lo mejor que puedo decirte es que o bien pases de hacer o busques a un/a Letrado/a que te vaya guíando, o compartas la causa y de paso puedas hacer y sumar experiencia.

Saludos y suerte.
 #108441  por maria eva feller
 
Pandilla, siempre tus respuestas son excelentes, cordiales y objetivas, además de útiles, muy diferentes en este caso a la respuesta de usuario. Será que quien no trabaja en un fuero, no podrá aprender nunca sobre ese fuero?.Tendrá que derivar siempre. Hubiera sido mucho mejor consejo, el de compartir el tema, como lo aconsejó Padilla.
Colegas a veces hay maneras y maneras de decir las cosas.
Muchas Gracias.


Pandilla escribió:Hola eada, por el lado de los modelos de escrito, en el Foro Jovenes Abogados, ( ubicado en el Portal ), hay un Post denominado Modelos , ahí podes consultar.
Ahora, en cuanto a la ejecución de la Acción, tenes que darle una vista al Código Penal y al Código Procesal Penal que corresponda, ( te digo, para algunos tipos penales, rige el CPP de la CABA y para otros tipos penales rige el CPP Nacional ). En cuanto a llevar la causa, y sino tenes experiencia, lo mejor que puedo decirte es que o bien pases de hacer o busques a un/a Letrado/a que te vaya guíando, o compartas la causa y de paso puedas hacer y sumar experiencia.

Saludos y suerte.

 #108508  por Pandilla
 
Bueno, maria eva, tendré en cuenta sus palabras.

Saludos y suerte.