Buenas tardes!!, les hago una consulta:
Un cliente quiere reclamar a su empleador por q se desempeña en una categoría distinta a la que se encuentra efectivamente registrado. Con este reclamo laboral no tengo duda, enviaremos telegrama intimando se le reconozca su real categoría y las diferencias salariales y de ser necesario se dará por despedido.
El problema es que esta persona de acuerdo a la categoría en la que debería estar registrado podría jubilarse a los 55 años, en cambió en la categoría en la que se lo registro recién lo podría hacer a los 65. Lo que le interesa a este hombre es jubilarse a los 55 años, los cuales está próximo a cumplir... ahí mi duda, sería posible que este hombre se jubile a los 55 ya que presto servicios durante toda su relación laboral realizando tareas de una categoría que permite la jubilación anticipada??, o se debe jubilar a los 65 dado que estuvo efectivamente registrado en una categoría que no permite la jubilación anticipada sin importar que en los hechos realizó tareas que sí permiten obtener la jubilación a los 55??.... La intimación laboral debe mencionar algo de esto??.
Espero puedan aclararme un poco el tema!!... Desde ya gracias!!.
Un cliente quiere reclamar a su empleador por q se desempeña en una categoría distinta a la que se encuentra efectivamente registrado. Con este reclamo laboral no tengo duda, enviaremos telegrama intimando se le reconozca su real categoría y las diferencias salariales y de ser necesario se dará por despedido.
El problema es que esta persona de acuerdo a la categoría en la que debería estar registrado podría jubilarse a los 55 años, en cambió en la categoría en la que se lo registro recién lo podría hacer a los 65. Lo que le interesa a este hombre es jubilarse a los 55 años, los cuales está próximo a cumplir... ahí mi duda, sería posible que este hombre se jubile a los 55 ya que presto servicios durante toda su relación laboral realizando tareas de una categoría que permite la jubilación anticipada??, o se debe jubilar a los 65 dado que estuvo efectivamente registrado en una categoría que no permite la jubilación anticipada sin importar que en los hechos realizó tareas que sí permiten obtener la jubilación a los 55??.... La intimación laboral debe mencionar algo de esto??.
Espero puedan aclararme un poco el tema!!... Desde ya gracias!!.