Hola a todos! Les quiero comentar el siguiente caso. Una señora pago en efectivo la moratoria para jubilarse por empleada domestica por la ley 26970. Los empleados fueron al barrio de la señora a contactar que ella hacia ese trabajo y nadie la conocía, ya que era conocida por su apodo. La pregunta es... Podrían imputarse esos pagos(Contamos con los recibos de pago) y jubilarla por la nueva moratoria?
Muchas Gracias.
Muchas Gracias.