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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1096584  por drafrias
 
Tengo un Sr. que cancelo deuda de capital y/o intereses con moratoria ley 25865. El plan esta cancelado; pero tiene deuda posterior a 2003 que le voy a aplicar ley 25321 y liquidarlo por ley 24241; sin embargo el "Detalle de Deuda" me sale como si nunca hubiera pagado lo que pago por moratoria. ESTOS PAGOS NO MIGRAN?
Si es asi llevo todos los pagos y las impresiones, no? hace muchisimo que no me toca uno de estos.
Y estuve lleyendo otros post sobre pagos sin aplicar y casualmente este caso tiene un importe de $ 0.1 con error 583. VOY A QUE LO SOLUCIONE AFIP x este importe?
Gracias. *leo*
 #1096621  por zaffaroni
 
en ese caso debe imprimir la deuda regularizada del plan cancelado. respecto al pago sin aplicar cada udai aplica su propio criterio, algunas retienen beneficios por ese motivo asi que lo ideal es consultar en donde le toque el turno