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Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
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 #1112138  por robertjojot85
 
Me encuentro en una ámbito el cual desconozco. Un agente de la policía intenta matar a su ex novia con la cual tiene 2 hijos, posteriormente el se suicida. La ex novia, no muere. Que derecho le asiste a esta mujer e hijos???? Cobra algún seguro? o algún beneficio social, pensión?.
Desde ya agradezco sus aportes.
 #1112206  por eduferry
 
Para responder faltan muchos datos pero para orientar: el personal policial tiene seguros obligatorios del estado y otros voluntarios, además de reintegros por gastos de sepelio, etc. tendrás que ver en su boleta de haberes y en última instancia averiguar en la fuerza. Por lo general la mayoría de estos seguros lo cobran quienes fueron instituidos como beneficiarios unicamente, en caso que los beneficiarios no existan (caso de padres prefallecidos) se pierden. El derecho de pensión a la ex correspondería en caso de haber existido una convivencia, acorde los años de duración de la convivencia, los años de servicio del agente, etc. Ese dato: los años de servicio es muy importante... también lo es la ley de retiros y pensiones que rija en esa fuerza, que no aclaras cual es ni que ley se aplica, para orientarte solamente ... estas normativas son la especiales que se aplican al caso concreto y en la generalidad contemplan que la pension se divide conforme a las reglas establecidas por el Código Civil para la división de la herencia y como si se tratara de un bien ganancial; entre los hijos del causante la división de hace por partes iguales.
Otro tema importante que es si el intento del agente se realizó con el arma de la repartición, en ese caso la ex tiene acción x daños y perjuicios contra la fuerza por ser la propietaria del arma.... Es lo poco que te puedo aportar con tus datos
 #1112363  por BUENOOLGADOMINGA
 
Si se trataba de concubinos, ella tiene el derecho a pension del art.53 de ley 24241, en el se incluye como derechohabiente con derecho a pension por muerte del trabajador, y si los menores cuantan con el vinculo fialial con su padre, tambien tienen derecho a pension, por el hecho de que son derechohabientes con derecho:

Lo que no sabria evacuarte tus dudas, es que pasa en caso de suicidio del concubino o progenitor, averigua en la UDAI, mas cercana a tu domicilio, ANseS.

La conyuge superstite en el supuesto de ser casados;
La concubina que prueba los cinco años de conviviencia;
Los hijos menores de edad;
Los hijos discapacitados.
 #1112408  por robertjojot85
 
BUENOOLGADOMINGA escribió:Si se trataba de concubinos, ella tiene el derecho a pension del art.53 de ley 24241, en el se incluye como derechohabiente con derecho a pension por muerte del trabajador, y si los menores cuantan con el vinculo fialial con su padre, tambien tienen derecho a pension, por el hecho de que son derechohabientes con derecho:

Lo que no sabria evacuarte tus dudas, es que pasa en caso de suicidio del concubino o progenitor, averigua en la UDAI, mas cercana a tu domicilio, ANseS.

La conyuge superstite en el supuesto de ser casados;
La concubina que prueba los cinco años de conviviencia;
Los hijos menores de edad;
Los hijos discapacitados.
muchas gracias