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  • SUCESION. Abogado en problemas

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 #1112000  por MARCOSBARRIONUEVO
 
Buenas noches, estoy realmente metido en un gran problema y no se como resolverlo. Resulta que firmé un boleto y compré un viejo ph para instalar mi nuevo estudio jurídico. El inmueble estaba a nombre del vendedor y a nombre de la madre de éste (fallecida). Arreglamos que yo hacía la sucesión y compensaba los honorarios de la misma con el precio de la compraventa. Le comento la situación a un colega y me dice que yo no puedo comprar el inmueble por haber hecho la sucesion. Realmente se me escapó la tortuga, me quiero morir, encima el vendedor con la firma del boleto me otorgó la posesión para que haga las reformas necesarias y yo ya he invertido bastante $$$. Cómo podría resolver esta cuestión?
Ayuda por favor!!!!
 #1112002  por MARCOSBARRIONUEVO
 
Les aclaro cuando puse "Arreglamos que yo hacía la sucesión y compensaba los honorarios de la misma con el precio de la compraventa" quize decir que mis honorarios se los descontabamos al precio de la compraventa.
 #1112343  por andresxeneizes
 
MARCOSBARRIONUEVO escribió:Le comento la situación a un colega y me dice que yo no puedo comprar el inmueble por haber hecho la sucesion.
no conozco la ley que indique ese impedimento?, en todo caso si fuera asi cede los derechos de compra del 50% restante a algun familiar
 #1112382  por legalescom
 
Estimado Andrezxeneizes, no te hagas problemas, el tema, le fue contestado, al requirente, bajo el lema: "Abogado compró el bien de la Sucesión que tramitó ". Lo que pasa, que no es un pescador deportivo, sino que tira la red o distintos espineles.
 #1112395  por MARCOSBARRIONUEVO
 
legales.com todo bien, pero te expico la situación: primero lo publiqué con el título "Abogado en problemas", como nadie me contestaba y ademas no era leído por muchos colegas pensé que ese título no interesaba, no tenía gancho. En consecuencia lo volví a publicar con el título "Abogado compró el bien de la Sucesión que tramitó" y tuve mejor suerte (de hecho ahí me respondiste vos). Te repito todo bien, las 2 botellas de malbec que me pediste igualmente te las voy a mandar.

andresxeneizes yo pensaba igual que vos, hasta que un colega me dijo lee el art. 1361 inc 6 del código civil reformado y el art. 1002 inc c) del nuevo código civil y comercial. Además leí el comentario del art. 1002 hecho por la Dra. Elena Highton de Nolasco donde dice que el acto es nulo de nulidad absoluta (si bien también encontré algunos fallos que dicen lo contrario).
 #1112571  por andresxeneizes
 
c) los abogados y procuradores, respecto de bienes litigiosos en procesos en los que intervienen o han intervenido;
ahi lo vi, que hijos de puta con la redaccion, "bienes litigiosos", ¿que es un bien litigioso?, la sucesion no suele ser un proceso controvertido sino un proceso universal, por ende si lo miras asi no es un bien litigoso, sino hubieran dicho en cualquier expte y no el termino "bienes litigiosos".

igual yo iria pensando en una simulacion con te decia antes
 #1112580  por MARCOSBARRIONUEVO
 
andresxeneizes yo había pensado y si hago un boleto por ej. con fecha 2012, o sea bastante mas atrás al inicio de la sucesión, lo sello con el pago de la multa respectiva y lo agrego a la escritura que estoy por firmar? De esa manera acreditaría que la compra fue anterior a la realización de la sucesión. No se, digo ...
 #1112584  por legalescom
 
De todos modos, el sellado, le otorga fecha cierta al boleto, a parir de la fecha en que fuera sellado, no desde la que fuera celebrado. Consultalo con el escribano, que te hará la escritura, ¿quién se va a presentar a impugnar tal escritura, y cómo se va a enterar que fue adquirida por un letrado que tramitó el sucesorio del vendedor?.
 #1112585  por sonicobcn
 
Si los vendedores tienen buena predisposicion poder no hacer valer el boleto, seguí con la sucesion, y despues inscribí x tracto abreviado a nombre de alguien de tu confianza, dejá pasar un tiempo y pasalo a tu nombre (podrias firmar un poder o un PEI).
Se que esto que te digo no es barato, pero no veo que te quede otra solucion.
Saludos
 #1112588  por MARCOSBARRIONUEVO
 
legalescom escribió:De todos modos, el sellado, le otorga fecha cierta al boleto, a parir de la fecha en que fuera sellado, no desde la que fuera celebrado. Consultalo con el escribano, que te hará la escritura, ¿quién se va a presentar a impugnar tal escritura, y cómo se va a enterar que fue adquirida por un letrado que tramitó el sucesorio del vendedor?.
No tiene herederos forzosos, pero tiene 2 o 3 primos que no se que podrían hacer el día de mañana.
 #1112593  por sonicobcn
 
El tema no es quien se va a oponer, sino encontrar un escribano que te haga la escritura, y que el registro te lo inscriba (leé el plenario feldman).
Y si todo eso pasa, esa escritura igualmente no resiste un estudio de títulos
 #1112597  por MARCOSBARRIONUEVO
 
sonicobcn yo tengo en mis manos una escritura que se hizo por tracto abreviado y en ningun lugar figura quien fue el abogado que tramitó la sucesión. Eventualmente en un futuro si tienen que hacer un estudio de título, si el nombre del abogado que la tramitó no surge de ningun lado ¿cómo se van a dar cuenta?
 #1112600  por sonicobcn
 
Cuando se hace estudio de titulos se van 20 años para atras y se revisa todo, las escrituras y toda documentacion.
Cuando hay un tracto el referencista (abogado o escribano) que se especializa en eso, si o si tiene que revisar el expediente