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  • Por fa! ayuda con competencia habeas corpus

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 #1086181  por Veneno paciente
 
Voy a simplificar la pregunta porq tal vez me extiendo y no me se expresar de todas las cosas q quiero decir ja! Pero me urge sinceramente saber si puedo presentar un habeas corpus -pedido de libertad- directamente en Casación Penal Federal (lo unico q aclaro q el expte. principal se encuentra ahi). Ya lei muchisimo y no encuentro una respuesta :cry:
 #1086556  por slipping
 
Hola: Si el juzgado federal y la respectiva Cámara lo rechazaron antes... sin duda que podés ir a la Casación Federal. La otra alternativa es que la Cámara federal haya intervenido en alguna cuestión que pueda llegar a considerarse de prejuzgamiento (denegación de una excarcelación, por excelencia) y entonces ahí, lo único que te queda para garantizar la imparcialidad es ir con un HC originario ante la Casación. Los hábeas corpus originarios tienen sus bemoles. Por ahí, si explicás un poco más el trámite de la causa te podamos ayudar mejor.
 #1086728  por Veneno paciente
 
Gracias!!!! Justo despues de tanto pensar estaba por elegir el HC originario. Pasa q es una causa federal, donde se aplica el CPP nacional. Al tipo lo condenan, la defensa presenta recurso de casación, se lo admiten. Paralelamente meten un pedido de excarcelación, se lo rechazan y apelan en la camara. La cámara resuelve el pedido como inadmisible, porq ellos no intervienen en resoluciones dictadas por Tribunal oral (si por juez de instrucción). Ya perdí los dias desde q se rechaza la excarcelación por el oral por lo que el recurso de casación ya no procede. Pensé en presentar un habeas corpus ante el juez de ejecución, pero en nación éstos jueces sólo son competentes cuando existen arrestos emanados de autoridad no competente y cuando se agravan las condiciones de detención, no revisan sentencias q no se encuentran en firme, ya que leí fallos y dicen q en ese sentido existen legislados recursos (que para mi era el de casación ante la denegación de la excarcelación por parte del tribunal oral, me parece q presentar una casación en contra de la sentencia de camara no procedería porq conforme el codigo realmente no les corrsponde dicha competencia.
Me parece q voy a armar un habeas corpus originario ante la camara de casacion federal (donde además se encuentra radicado el expte princpal) explicando que dado a que se han cerrado las vías recursivas y atento a que es manifiesta la vulneración del derecho a la doble instancia y principio de inocencia corresponde q se expida la camara revisora a fin de que se observen las disposiciones legales vigentes ya que tambien se encuentra legislado el efecto suspensivo de la condena ante los recursos interpuestos por el art 442 del CPPN.
 #1086730  por Veneno paciente
 
Muchas gracias por responder!!!! hace días q estoy tratando de encontrar la respuesta y siempre me veo encerrada en un circulo q me lleva al HC originario, aunq es taaannnn excepcional q se q me va a ser dificil q lo declaren admisible.
Para el que tenga dudas lo ayudo, ya casi voy a ser especialista en recursos federales jajaj
Saludos!!!
 #1086838  por Veneno paciente
 
Gracias por responder! Lo pensé también, presentar un habeas corpus ante el tribunal oral quien dictó la condena y donde se dispuso revocar la excarcelación, pero he leido fallos en donde se rechaza el HC fundamentando que si se presentò excarcelacion y fue denegada el habeas corpus no procede dado q se tienen las vias recursivas pertinentes para atacar sentencia arbitraria. Entonces digo, mientras meto el HC que ya se q me va a salir mal (el mismo tribunal en el incidente de excarcelación dice q la condena no se encuentra en firme dado q la defensa recurrió y fue admitida la casación), sigo con la ley 23098 y tengo q apelar, a la misma camara q ya denegó la apelación de la excarcelación (esta bien, solo lo hizo por no corresponder a su competencia, sin embargo no contemplaron vulneracion alguna de derecho constitucional) y llego a casación, el tipo queda preso durante todo el tiempo q dure el trámite injustamente.
Por eso pensé que podia presentarlo como habeas corpus originario, tengo dos fallos q si bien son de pcia de bs as (porq me tuve q leer el código procesal de allá para entender la diferencia con el CPPN porq no encontré fallos referidoss a la nueva camara de casación penal) dan lugar al mismo supuesto q yo planteo. Por eso pensé q podía proceder.
Igual si tienen ganas me gustaria seguir viendo sus puntos de vista y cuando tome una decision definitiva subo el escrito y les digo si sirvió o no! Asi desp alguien tiene un ejemplo de lo que hay o lo que no hay q hacer cuando uno llega tarde a ejercer la defensa en un expediente federal con una persona detenida injustamente
 #1112960  por GABRILITAIURIS
 
Buenas noches estimados, a pesar de que leo y leo me sigue quedando la duda y es que no quiero hacerme un viajecito a La Plata y que me reboten. Tengo armado un Habeas Corpus para un detenido allegado a la familia que le dictaron Prisión Preventiva con fundamentos de peligro de fuga y entorpecimiento de la causa, que no existen, y no habría peligro procesal a mi entender. Puedo yo interponer directamente en Tribunal de Casacion Penal el recurso de habeas corpus? Aun no se si la defensora oficial va a apelar, pero ya me adelanto que "a ella le niegan todo". La familia tiene miedo que al rechazarle la apelacion a la defensora lo manden a penal a este hombre. Espero sus experimentadas opiniones, graciassssssss.
 #1112962  por Veneno paciente
 
Hola, no se cómo es en provincia, pero en el federal, el habeas corpus NO es admisible, por lo que planteas iria excarcelación, o revocatoria (depende de los plazos para ésta última), lo importante es que pruebes el arraigo, laboral y familiar, y la carencia de antecedentes penales (aunque en fallos pese a tener antecedentes procedió igual la excarcelación). Fijate si no quedan pruebas pendientes de producción por las que se suponga exista un riesgo ante la libertad del imputado.
El habeas corpus originario es casi imposible (menos si no están agotadas las vias ordinarias)
 #1112987  por GABRILITAIURIS
 
Es en provincia de Bs. As. Lei varios fallos donde agotadas las instancias procedia el HC ante casacion cuando se niegue la excarcelacion.El sr.no tiene antecedentes trabaja por cuenta propia tiene arraigo y buen entorno familiar.La prision preventiva se la dictan fundamentando la gravedad de la escala penal ,proponiendo un abreviado, y saldria en

libertad condicional a los 2 años y 6 meses. Donde esta la gravedad de la pena ? Yo no lo voy a presentar como abogada.