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  • Consulta, para que se libre giro de capitahonorarios peritos

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 #1120679  por Briank
 
#Giro Para cobrar un giro en la Provincia de Buenos Aires, necesito que la liquidación esté aprobada, luego regulados los honorarios y luego tengo que notificar a los peritos y abogados los honorarios para que quede firme?, recien ahí puedo pedir el libramiento del giro?, porque ya me dijeron previo que los honorarios de los peritos tienen que estar garantizados. Ya pague aportes, saldo bancario, Constancia Anses. Agradezco ayuda

imagino que no me estan pidiendo que pague los honroarios de los peritos, eso no corresponde, la condenada en costas es la demandada, pero sí que nofique la regulación de honorarios para dejarla firme y contar con la suerte que nadie apele, si todo sale así puede ser que lo pueda cobrar este año.

El punto de la liquidación y su aprobación, también se regularon honorarios, pero no la tengo firme ya que no notifique a nadie. Antes de pedir el libramiento del giro es lo que me falta??

San Isidro, 17 de Septiembre de 2015.
Agréguese y por cumplido con el art. 21 de la ley 6716, respecto de la suma percibida por el Dr. Knobel, según manifestación de fs. 641.
Previo a todo libramiento de giro deberán encontrarse garantizados los honorarios a regularse a los peritos intervinientes en autos.
Se hace saber que a los fines de aprobar la liquidación practicada ( necesaria para proceder a la regulación de honorarios), deberá notificarse la misma a la co-demandada " xxx" y a la citada en ganrantía " xxx".
 #1120743  por abogado_1987
 
Briank escribió:#Giro Para cobrar un giro en la Provincia de Buenos Aires, necesito que la liquidación esté aprobada, luego regulados los honorarios y luego tengo que notificar a los peritos y abogados los honorarios para que quede firme?, recien ahí puedo pedir el libramiento del giro?, porque ya me dijeron previo que los honorarios de los peritos tienen que estar garantizados. Ya pague aportes, saldo bancario, Constancia Anses. Agradezco ayuda

imagino que no me estan pidiendo que pague los honroarios de los peritos, eso no corresponde, la condenada en costas es la demandada, pero sí que nofique la regulación de honorarios para dejarla firme y contar con la suerte que nadie apele, si todo sale así puede ser que lo pueda cobrar este año.

El punto de la liquidación y su aprobación, también se regularon honorarios, pero no la tengo firme ya que no notifique a nadie. Antes de pedir el libramiento del giro es lo que me falta??

San Isidro, 17 de Septiembre de 2015.
Agréguese y por cumplido con el art. 21 de la ley 6716, respecto de la suma percibida por el Dr. Knobel, según manifestación de fs. 641.
Previo a todo libramiento de giro deberán encontrarse garantizados los honorarios a regularse a los peritos intervinientes en autos.
Se hace saber que a los fines de aprobar la liquidación practicada ( necesaria para proceder a la regulación de honorarios), deberá notificarse la misma a la co-demandada " xxx" y a la citada en ganrantía " xxx".
entiendo que en 1er término notificaría