Foristas, tengo una clienta a la cual se le denego la pension de su esposo. Sucede que le falta la regularidad, se inicio en Udai Moron, se denego y la otra abogada que lo tenia, en vez de recurrir previamente a la via administrativa, fue directamente por la civil. Asi el Juzgado 8 de la Seguridad Social, rechazo la demanda.
Mi pregunta se puede ahora iniciar de nuevo, poniendo los años faltantes en moratoria o que? Me olvidaba, fallecio el 22/09/01 y estaba inscripto en autonomos.
Mi pregunta se puede ahora iniciar de nuevo, poniendo los años faltantes en moratoria o que? Me olvidaba, fallecio el 22/09/01 y estaba inscripto en autonomos.