adecc2016 escribió:Les consulto....
Actualmente en relación de dependencia. No me da a pagar ganancias. Nunca presenté DDJJ de Bienes personales, ni ganancias.
Ganancias brutas aproximadas del último año $285.500.
En el 2012 tengo como donación un bien inmueble a mi nombre, por la suma que aparece en el título de propiedad de $400.000. Además tengo un vehículo, sacado con un préstamo del 2014 con Procreauto, valor del seguro $210.000.
1) Me da a pagar bienes personales?, si es así como puedo saber un aproximado a pagar?
2) Puedo tener multa por nunca haber presentado las DDJJs todos estos años?
3) Me conviene seguir así (sin realizarlas)?,
Muchas gracias!!
Estimado, paso a contestarte:
1) Por los valores que comentás, sí deberías pagar Bienes Personales (suponiendo que la propiedad tiene una valuación fiscal que, entre el vehículo y el inmueble, te supere los $305.000);
2) Si. La multa por no haber presentado (si te agarran o si decidís presentar volutariamente lo atrasado) es de $200 por cada impuesto. Por año tenés 2 DDJJ (Ganancias y Bienes Personales).
3) Eso es a criterio tuyo.
Evaluá los puntos 1) y 2) y decidí vos.
Una consulta.
Qué significa que estás en Relación de Dependencia y "te da a pagar Ganancias". Tu empleado te tiene que retener. En tu DDJJ, si todo está bien, debería dar saldo a pagar/a favor "0" (cero). De ahí que se dice que las DDJJ de Ganancias para los Empleados en Relación de Dependencia son informativas (siempre que tu empleador haya retenido bien). Si nunca retuvo, tu obligación es pagar todo lo que no retuvo como saldo de DDJJ.
Saludos.